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9 años 11 meses antes - 9 años 11 meses antes #152440 por tiifon
Gracias hipotk por la respuesta. Otra duda que tengo y que no consigo calcular es el 3% de la amortización de la vivienda, he estado leyendo que se puede desgravar cuando se tiene la vivienda alquilada. Te dejo los datos, en la escritura de compra venta pone que me costo 120.000 mas notario, acta, etc... en el recibo del IBI me viene reflejado v. catastral suelo 5.767, v. catastral 19.046 y v. catastral construcción 13.280. No se si estan todos los datos para poder calcularlo o me faltaría alguno.
gracias de antemano

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9 años 11 meses antes #152450 por hipotk
Hola alestilohomer :)

Ahora mismo no puedo mirar el programa PADRE porque no hay manera de instalarlo en Linux. No me deja abrirlo.

De todas formas si es en la casilla 745 en la que debes de poner las retenciones. Búscala porque debe de estar en alguna parte. El IVA soportado y repercutido no tiene nada que ver con el IRPF, para eso ya haces las declaraciones de IVA trimestrales y la anual.

En cuanto a la declaración conjunta, si ambos estáis trabajando, no os sale a cuenta. Por eso el importe a devolver es mucho menor que el importe de la declaración individual. En caso de hacer conjunta la declaración el programa se encarga de aplicar el importe directamente.

Saludos ;)

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9 años 11 meses antes #152453 por hipotk
Hola tiifon :)

Lo que puedes amortizar es el 3% del valor de construcción de la vivienda. Por lo tanto de esos 120.000 euros deberías descontar el valor del suelo.

Te paso este enlace donde lo explica muy bien. Mira el punto 7:
www.impuestosparaandarporcasa.es/2011/08...educir-del-alquiler/

Si no te aclaras me lo dices.

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9 años 11 meses antes #152454 por tiifon
Ok, entiendo que seria precio de la vivienda mas notario, acta, etc.. y le resto 5.767. Pongo el ejemplo, porque quiero hacerlo bien y no se si sera como lo estoy haciendo.
120.000+(gastos notario, etc..)- 5.767x0,03

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9 años 11 meses antes #152468 por tiifon
otra duda ¿lo de la pregunta anterior iria en la casilla que dice otros gastos?

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9 años 11 meses antes #152490 por alestilohomer

hipotk escribió: Hola alestilohomer :)

Ahora mismo no puedo mirar el programa PADRE porque no hay manera de instalarlo en Linux. No me deja abrirlo.

De todas formas si es en la casilla 745 en la que debes de poner las retenciones. Búscala porque debe de estar en alguna parte. El IVA soportado y repercutido no tiene nada que ver con el IRPF, para eso ya haces las declaraciones de IVA trimestrales y la anual.

En cuanto a la declaración conjunta, si ambos estáis trabajando, no os sale a cuenta. Por eso el importe a devolver es mucho menor que el importe de la declaración individual. En caso de hacer conjunta la declaración el programa se encarga de aplicar el importe directamente.

Saludos ;)



Muchas gracias Hipotk,

Después de buscar y rebuscar la casilla 745 y no localizarla, llamé al teléfono de ayuda y me comentaron que ha desaparecido y que ahora hay que introducir las retenciones en la casilla 515, por si a alguien más le sirve de ayuda.

Aclarado también el tema de la declaración conjunta, efectivamente sale mucho mejor de manera individualizada, y ya comprobé que la reducción de 3.400 € la pone de forma automática.

De nuevo, muchas gracias por tu ayuda!

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