Suscribirse para ayudarnos al pago del servidor desde 1€/mes Nos seria de gran ayuda en estos momentos críticos y, a vosotros (quien pueda) 1€ no os supone mucho Si al final sois muchos nos, podremos mantener Online GRACIAS

ESTA WEB NECESITA DE TU AYUDA ECONOMICA PARA SEGUIR ONLINE. DESDE 1€ NOS PUEDES AYUDAR (21 Ene 2020)

¡¡ ATENCIÓN !!
ESTA WEB SE MANTENIEN GRACIAS A LAS DONACIONES DE NUESTROS USUARIOS QUE DESDE 1€ APORTAN SU GRANITO DE ARENA.
SI TODAVÍA NO NOS APOYAS, ES EL MOMENTO.
NOS AYUDARÁ A MANTENERNOS ONLINE Y ASÍ SEGUIR AYUDANDOTE CUANDO LO NECESITES

Te asesoramos.
Notificaciones de hacienda,impuestos,IRPF, agencia tributaria
Relación directa con la Administración Tributaria, como requerimientos, notificaciones, incidencias.

Pregunta Cómo declarar la transmisión de vivienda por fallecimiento a herederos en Renta 2015

7 años 11 meses antes #166533 por torrentaco
Buenas tardes,
Realizando la declaración de una familiar de 26 años fallecido durante el ejercicio 2015, me surge la duda de la vivienda. Disponía vivienda habitual, trastero y parking. Tras fallecer en Septiembre, sus padres heredan el 50% cada uno. En la Declaración se ha de declarar "venta" de los inmuebles ? o éstos ya quedan declarados a través del impuesto de sucesiones ?.
Es una vivienda adquirida en Julio del 2014 y realizada la transmisión a sus herederos en Noviembre del 2015

Cómo se procede a la situación mencionada anteriormente?

Saludos y muchas gracias

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 años 11 meses antes #166534 por torrentaco
Por otra parte añadir que tiene 2 pagadores, el 1º) no llega a 22.000 por poco y el 2º) suponen 1000€

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 años 11 meses antes #166540 por FelipeDog
Buenas tardes torrentaco,

El Fallecido deberá de declarar el inmueble en su declaración de la Renta del 2015 como vivienda habitual y deberás de indicar en el apartado correspondiente que el contribuyente ha fallecido en el ejercicio fiscal.

Los padres si han aceptado la herencia deberán de computar las fincas en su declaración desde el día siguiente del fallecimiento del hijo

Ejemplo: Si el hijo falleció el 20/6/2015, los padres deberán de imputarse el inmueble desde el día siguiente 21/06/2015 y si lo tienen vació deberán de computarlo como tal, consignando la correspondiente imputación de renta presunta del 1,1% o el 2% sobre el valor catastral si el inmueble esta o no revidado.

No hay que anotar nada respecto los inmuebles en la declaración de difunto, anotalos como vivienda habitual, si estos tenían dicho destino o el destino que tuvieran hasta su fallecimiento.

Respecto a la otra parte que me planteas, te adjunto recorte del Manual IRPF 2015, donde aparece tu duda:

"No están obligados a presentar declaración por la cuantía y naturaleza de las
rentas obtenidas

1. Los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de las siguientes fuentes, siempre
que no superen ninguno de los límites que en cada caso se señalan, en tributación individual
o conjunta:
A) Rendimientos íntegros del trabajo (incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos,
comprendidos los procedentes del extranjero, así como las pensiones compensatorias y
las anualidades por alimentos no exentas) cuyo importe no supere la cantidad de:
l 22.000 euros anuales, con carácter general.
l 12.000 euros anuales en los siguientes supuestos:
a) Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador.
No obstante, el límite será de 22.000 euros anuales en los siguientes supuestos:
1º Cuando, procediendo de más de un pagador, la suma de las cantidades percibidas
del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la
cantidad de 1.500 euros anuales
.
"

Cualquier otra duda resto a tu disposición. Gracias.

FelipeDog

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 años 11 meses antes #166545 por torrentaco
Gracias Felipe
Tenía entendido que el difunto estaba obligado a realizarla aunque los importes como indican no se excediera de ellos por lo que en este caso no tendrá que realizar la declaración (ya que salía a pagar)
Por otra parte, los padres tendrán que declarar como propietarios de la vivienda a partir del día siguiente del fallecimiento (26/09/2015) es decir día 27 y los padres, para la renta 2016 tendrán que tributar por la venta de la vivienda que tuvo lugar en Abril del 2016
Igualmente, habrá que presentarse a hacienda para indicar alguna cosa ? (en caso del fallecido ?) aunque en el borrador ya aparece la fecha de fallecimiento (creo que años atrás no aparecía). En el borrador también aparecen los 3 inmuebles como transmisión

Saludos y gracias por su respuesta

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 años 10 meses antes #166599 por hipotk
Hola torrentaco :)

Si en el borrador ya aparece que esa persona ha fallecido no tienes que presentarte a Hacienda para notificar nada. Ellos ya saben que esa persona ha fallecido con el borrador.

Saludos ;)

Beruby España - Gana dinero con tus compras, visitando webs, haciendo busquedas en Yahoo, etc.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
Tiempo de carga de la página: 0.181 segundos