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.

Importante Cobro de comisiones automáticas por impago son ilegales

12 años 6 meses antes - 12 años 6 meses antes #14796 por neon26
Prestar atención a este hecho porque seguramente que alguna vez les ha pasado algunos de ustedes y no sabian que podian reclamarlo y ganar.
Hemos sabido gracias a nuestro usuario Ivan (Gracias de nuevo) que el cobro de comisiones automáticas por impago son ilegales aunque te lo ponga en las escrituras de tu hipoteca o en algún contrato de alguna tarjeta de crédito.

Nuestro usuario(Ivan) reclamo y le devolvieron 360€ gracias a que reclamo este tipo de abuso.

El Banco de España así lo dice,"la reclamación de comisiones por números rojos debe realizarse teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente. Así, el Banco de España considera que la aplicación automática de estas comisiones no constituye una buena práctica bancaria."

Por tanto si os quedáis si os pasan la hipoteca el día 1 de cada mes y ese día no teneis dinero porque el ingreso de vuestras nominas lo pasan el día 2, no deberían cobraros los 30€ (en el caso del BBVA) ya que esto es una mala practica bancaria.

Desde aquí animamos a todos aquellos que os haya pasado a que reclaméis esto ya que os tienen que retornar el importe de todas las comisiones cobradas por este hecho comentado.

Os dejamos un articulo que explica bien el tema.

A veces, aunque menos de lo deseable, el Banco de España se pone del lado de los consumidores y usuarios de servicios financieros. Así lo ha hecho en un informe remitido a ADICAE por un consumidor, en el que éste presentaba una reclamación ante Unicaja por el cobro indebido de diversas comisiones por impago. En su resolución, que no es vinculante, el Banco de España ‘arremete’ contra la forma de cobrar estas comisiones por parte de las entidades de crédito.

Según el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, solo cuando se analizan caso por caso los impagos y sus circunstancias se justifica la realización de gestiones, por parte de las entidades, para su recuperación. “Su aplicación automática no constituye una buena práctica bancaria, ya que la reclamación debe realizarse teniendo en cuenta las circunstancias personales de cada impagado y de cada cliente. En efecto, solo cuando se analiza, caso por caso, la procedencia de llevar a cabo cada reclamación, se justifica, bajo el principio de la buena fe, la realización de gestiones individualizadas de recuperación”, indica el supervisor en el informe emitido. Desafortunadamente, la gran mayoría de las entidades financieras reclaman el cobro de dichas comisiones sin tener en cuenta las condiciones personales de cada cliente, ni si ha habido algún cargo extraordinario, o a destiempo, en la cuenta en la que se ha realizado el impago.

Además, debemos recordar que las entidades tienen la obligación de informar debidamente del coste de los servicios que ofrecen y de los gastos que éstos llevan aparejados. Y, en el caso de servicios habituales no catalogados como “servicios de pago”, esa información debe recogerse en un folleto de tarifas (redactado de forma clara, concreta y fácilmente comprensible, lo que no suele ocurrir) que esté a disposición en todas las oficinas y registre las condiciones máximas que pueden cargarse por cada uno de esos servicios. En el caso de la Banca telefónica, deben realizarse comunicaciones por escrito periódicamente, mientras que las entidades que operan online deben incluir las tarifas en su propia página web de forma que sea accesible al público en general. Desgraciadamente, encontrar el libro de tarifas de una entidad online, para un usuario medio, suele ser una tarea complicada.

Revise que las comisiones que le cobran le han sido comunicadas previamente

Así, por ejemplo, debemos revisar que las comisiones que se nos cobran por servicios financieros corresponden a un servicio efectivamente realizado. Por ejemplo, tal como indica el Banco de España, no pueden cobrarnos una comisión por la gestión de reclamaciones por impago si ésta gestión no consta en las ‘Fichas de Gestión de Impagados’.

Como tampoco podrán cobrarnos comisiones si éstas no han sido identificadas y especificadas en el contrato correspondiente. Así, en los préstamos hipotecarios deben especificarse todos los conceptos de gastos futuros o pendientes de pago a cargo del prestatario, que correspondan a la prestación de un servicio y no sean inherentes a la actividad de la entidad que lo concede. Pese a lo cual se han dado casos de cobro de comisiones por impago de préstamos en cuyos contratos no estaba prevista la aplicación de las mismas ni se recogía en ninguna parte del contrato. No deje que le cobren comisiones de las que no ha sido informado y que no sean avisadas con anterioridad en los contratos que tenga con su entidad.
Fuente




Así pues tened cuidado con esto y si tenéis cualquier duda podéis preguntarnos. ;)

Salu2

Fuera los abusos!!!
El siguiente usuario dijo gracias: Israelo, aggelos

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Más
12 años 4 meses antes #17128 por neon26
Y aquí os pongo donde lo pone el Banco de España que la comisiones automáticas son ilegales.
Adjunto link del pdf de la MEMORIA DEL SERVICIO DE RECLAMACIONES

www.bde.es/webbde/Secciones/Publicacione...s/07/Fic/msr0507.pdf

Si leemos la pagina 84 y principio de la 85 lo entenderemos mejor todo.

Os lo pego aquí

COMISIÓN POR RECLAMACIÓN
DE POSICIONES DEUDORAS

Esta comisión constituye una práctica bancaria habitual que tiene por objeto el cobro de los
costes en que ha incurrido la entidad, al efectuar las reclamaciones necesarias para la recuperación de los saldos deudores de su(s) cliente(s). Ahora bien, desde la óptica de las buenas
prácticas bancarias, y ante la dificultad de las entidades de determinar a priori, y de justificar
a posteriori, para cada caso concreto, la existencia efectiva de gestiones de reclamación, es
criterio del Servicio de Reclamaciones que el adeudo de esta comisión solo puede ser posible
si, además de aparecer recogida en el contrato, se acredita que:
– Su devengo está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación
realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador).
– Es única en la reclamación de un mismo saldo. No obstante, se considera que su
adeudo es compatible con la repercusión de los gastos soportados por la entidad
como consecuencia, en su caso, de la intervención de terceros en las gestiones de
reclamación (por ejemplo, notaría).
– Dada su naturaleza, su cuantía es única, cualquiera que sea el importe del saldo
reclamado, no admitiéndose, por tanto, tarifas porcentuales.
TRANSPARENCIA EN SU COBRO
COMISIÓN POR RECLAMACIÓN
DE POSICIONES DEUDORAS
2. Orden de 5 de mayo de 1994, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios sobre
vivienda, concertados por personas físicas, cuya cuantía no rebase los 150.253,02 euros.

Además, y como criterio adicional, se considera que la aplicación automática de dicha comisión
no constituye una buena práctica bancaria, ya que la reclamación debe realizarse teniendo en
cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente.
En efecto, solo cuando se analiza, caso por caso, la procedencia de llevar a cabo cada reclamación, se justifica, bajo el principio de la buena fe, la realización de gestiones individualizadas de recuperación.

Queda claro ?

A que hora esta un poquito más claro ;)

En vuestras reclamaciones podéis hacer mención de dichas paginas de este pdf.

Salu2 ;)

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12 años 2 meses antes #20766 por neocrak
Hola, ¿alguien que haya reclamado las comisiones automáticas y se le haya abonado todo? Exáctamente, ¿dónde puedo encontrar la hoja de reclamación?
Un saludo

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12 años 2 meses antes #20768 por neon26
Hola neocrak,

En esta web todavía no hemos podido recuperar el dinero de ningún usuario pero alguno tiene que ser el primero alguna vez no?
En estos momentos por este tema hay dos personas que han reclamado mediante carta de reclamación a su caja este tipo de abuso, se llama aggelos y sus posts en los cual se reclama son estos:

www.josportal.com/foros/problema-con-mi-...ones-por-descubierto

Perdón hay tres personas
www.josportal.com/foros/problema-con-mi-...eses-al-banco-pastor
Bady también reclamo y no se si en ese post o en otro donde dicen que le van a devolver dinero pero de momento ha rechazado ya que ella reclama también la clausula suelo y quiere que se solucione todo.

Y por ultimo creo que solo me queda aggelos
www.josportal.com/foros/problema-con-mi-...eclamacion-intereses

Creo que este el post de aggelos donde le estamos ayudando, que lo confirme aggelos ;)

Un saludo neocrak ;)

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12 años 2 meses antes #20772 por neocrak
Gracias neon26. Miraré el post de los compis y a ver qué se me ocurre.
Un saludo

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12 años 2 meses antes #21130 por Vincente
Respuesta de Vincente sobre el tema Cobro de comisiones automáticas por impago son ilegales
Pues conseguido.

Cobrado casi 1100 € entre gastos de correo y comisión de 30 € por descubierto en el pago de la hipoteca.
No es mi caso, es de un familiar y yo le he preparado todo gracias a este foro, he tenido que leer mucho para enterarme bien de todo y aquí esta el resultado.
Ahora a quitar la clausula suelo. El banco es BBVA.
Gracias Josportal.
El siguiente usuario dijo gracias: neon26

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