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Pregunta Hipotecas con IRPH
Yo tengo una hipoteca referenciada a IRPH con Banesto. No puedo cambiarla a otra con euribor porque ahora mismo no dispongo del dinero necesario para la subrogacion; y porque seguramente, los bancos no esten muy por la labor y los que lo esten, ofreceran unas condiciones que riete tu...
El caso es que a principios de año, en otro foro, lei que para el año 2013, en Abril creo, el indice IRPH desaparecia de los indices hipotecarios, y se dejaria de publicar en el BOE. A dia de hoy no he vuelto a saber nada del tema. Digo yo que a los que tenemos hipotecas con este indice, tendrian que decirnos algo, no?
Ademas, mi indice de sustitucion es otro IRPH :blink: , asi que racion doble :lol:
¿Alguno sabe algo del tema?
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Igualmente, esto es una suposición porque en teoría tienes más indices sustitutivos verdad?
Nos puedes poner el trozo de tus escrituras donde salga el tipo de interés que tienes ahora y los tipos de intereses sustituvos.
Y miramos que dicen.
Gracias.
Salu2
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Como indice de referencia sustitutivo, dice: "Tipo medio de los prestamos hipotecarios, a mas de tres años, de Bancos", es decir IRPH de Bancos.
Y luego, en el siguiente apartado, dice: "En el supuesto caso de que no pudiera calcularse el tipo de interés nominal por haberse dejado de publicar el tipo de referencia o el tipo de referencia sustitutivo, conforme a lo indicado anteriormente, o por cualquier otra causa, ambas partes deberán acordar, en el plazo de tres meses desde la fecha en que hubiera debido producirse la modificación, otro sistema adecuado para determinar el tipo de interés, que deberá reflejar la evolución de los mercados financieros, aplicándose mientras tanto el ultimo tipo de interés nominal establecido.
Si las partes no llegaran a un acuerdo dentro de dicho plazo de tres meses, cualquiera de ellas podrá dar por vencido el préstamo, lo que notificara de forma fehaciente a la otra en el domicilio que posteriormente se establece para los requerimientos y notificaciones, en el caso de la prestamista.
La devolución del capital pendiente y el pago de los intereses correspondientes habrá de hacerse dentro del mes siguiente al de la notificación, aplicándose, hasta que hayan liquidado todas las obligaciones, de forma completa y total, el ultimo tipo de interés nominal vigente."
¿Como lo ves? ¿ Deberían avisarme, no? Lo que no se es si desaparecían todos los IRPH, o solo uno de ellos..
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IRPH bancos
IRPH cajas
CECA
TAR
Con lo cual ya sabes que te toca negociar.
Yo de ti iba al banco y les diría si quieren negociar ya, y si pudieras conseguir el Euribor ya, mejor que mejor.
Cuidado porque también existe el IRS (Interest Rate Swap o Permuta de Tipo de Interés), nuestra recomendación es que te quedes con Euribor (vigilando que el diferencial no sea muy alto) ya que es uno de los índices más bajos y que seguirá en vigor, pero sobretodo que el diferencial que te pongan no sea alto.
Esto de negociar el diferencial será una batalla muy dura ya te lo adelanto porque están poniendo unos diferencials..... bufff que diferenciales, una autentica ruina, así que cuidado y cualquier duda antes de mover un dedo, nos preguntas ok?
Salu2
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¿Hay algun documento oficial(comunicado del BDE o BOE o algo) que refleje la extincion de esos indices? lo digo para llevarlo...
EDITO: Una cuestion mas. En caso de cambiar a euribor, ¿se considera novacion? ¿mas pasta? :sick: :sick:
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No te hace falta ningún documento, ellos ya lo saben que el IRPH se va, lo que les debes decir es que el sustituvo es otro IRPH que se va y el tercero poner que negocieis y es lo que estás haciendo.
En caso de cambiar de indice de referencia, no creo que tengas que pagar nada por que no es culpa tuya y si te dicen de pagar les dices que tu lo que quieres es un contrato privado y que para eso no hay que pagar.
Ya nos cuentas.
Salu2
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