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Pregunta Eliminar Suelo en caja rural del sur
Tengo una hipoteca con caja rural del sur en la que me han puesto un suelo del 3,5% y no tengo claro si hay techo, adjunto un extracto del contrato de hipoteca, en el que se establece el suelo y además dice "no obstante y a los efectos hipotecarios el tipo máximo de interés ordinario será del 3,50%", al hablar de tipo máximo de interés parece el techo pero el porcentaje es el mismo que el suelo, así que algo me dice que no es el techo, q creeis q puede ser este porcentaje? El texto viene en el propio contrato, no hay ninguna clausula anexa y la oferta vinculante no me la dieron.
dl.dropbox.com/u/4842711/suelo_y_techo.JPG
1ª cuantía hipoteca: 77.099€
2ª Fecha firma de la hipoteca: 29/03/2005
3ª No tnego oferta vinculante, pendiente de pedir al banco, existe algún modo de hacerlo online?
un saludo y gracias por adelantado
José A.
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- jouse2001
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si no es una subrogacion, la OV era obligatorio, asi que solicitalo a tu entidad y ya nos cuenta.
sobre el techo, ese valor que te indican SI es el valor del suelo. Estoy seguro que han tenido un error garrafal y han puesto el mismo que el limite inferior. Es un asunto que unicamente "perjudica al banco y te benificia en el caso de que suba el interes. Basicamente y segun las condiciones de tu escritura los limtes coinciden por lo que interes a todo los efectos es fijo al 3.5% Comprueba que en algún lado de tu hipoteca, en el apartado de interés te indique que tu hipoteca es a interés variable, haciendo referencia ha algun tipo de interés referencial como el euribor.
Han cometido un grave error y ahora tendrían que justificar cual es realmente el Techo, si es que tu reclamas y para ello debe existir alguna hoja informativa que es la OV y que debes haber firmado.
Ya nos vas contando como transcurre tu caso porque es peculiar
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Efectivamente en mi contrato hipotecario se refleja que el tipo de interés es variable y toma como referencia el euribor. Creo que esta debe ser de las raras veces que un banco se equivoca y no es en su beneficio
El próximo viernes iré al banco a solicitar la OV a ver que me dicen, ya os comento, no obstante no recuerdo que me entregaran ninguna antes de la firma de la hipoteca, de hecho recuerdo que la primera vez que tuve acceso al contrato fue ante el notario el mismo día de la firma, me dejaron 5 minutos para que me lo leyera, como si por aquel entonces entendiera algo de lo que leía.
Una duda, teniendo en cuenta que a efectos prácticos, debido a su error, mi interés es fijo al 3,5%, no es un buen interés para una hipoteca a 30 años? bueno ahora ya quedan menos. Porque entiendo que en los próximos años cuando la economía mejore el euribor subirá. Que me convendría más, eliminar el suelo y que me devuelvan lo que he pagado de más, o exigir el interés fijo al 3,5% y que me devuelvan lo que he pagado de más años atrás?
un saludo
José A.
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He estado revisando los intereses fijos que actualmente ofrecen los bancos, entorno al 6%, y por los foros algunas personas comentan que algunos bancos le han llegado a ofrecer hasta un 3,3%, y la mayoría coincide en que si el banco lo propone es porque habrán hecho sus estudios y saldrán ganando. Algunos hablan de que en España posiblemente ocurra lo mismo que en Japón que estuvo casi dos décadas estancado y con intereses bajos. De modo que lucharé por el interés variable.
Algunas dudas que me surgen cuando visite al director del banco para pedirle la OV:
* Le pido sólo la OV, o también entro a negociar con él la eliminación del suelo y les comento el error que han cometido con el techo?
* qué les reclamo? aprovechando el error que han cometido de fijar el techo al mismo interés que el suelo, parece claro reclamarles todo lo que he pagado de más años atrás por encima del techo, puesto que está firmado, además de que me eliminen el suelo y techo para que la hipoteca sea varible, pero no tengo claro si reclamarle también la devolución de lo que he pagado de más por la aplicación del suelo, porque sería contradictorio al pedirle que me devuelvan lo que he pagado de más por le techo, cómo lo ves?
un saludo y gracias
José A.
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revisando la hipoteca, puesto que mañana voy al banco para solicitar la OV, he descubierto un párrafo escondido con el que se cubren las espaldas en relación al artículo 5, apartado 2 de la Orden de 5 de mayo de 1994 sobre Transparencia de las Condiciones Financieras de los Préstamos Hipotecarios, adjunto párrafo . En el que dice: "el prestatario renuncia al plazo de tres día hábiles que tienen para que esté a su disposición un proyecto de la escritura antes de su otorgamiento". Esto es legal? según este párrafo no están obligado a entregarme la OV tres días antes de la firma, como así fue. Ya os comento que me dice mañana el director del banco.
También adjunto la clausula décima de la hipoteca en el que también habla del tipo máximo previsto a efectos hipotecarios del 3,5% que coincide con el suelo, como es la segunda vez que lo citan es posible que no se trate de un error? que significa en este caso?
un saludo y gracias
José A.
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