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Pregunta RECLAMAR DINERO COBRADO DE MAS POR CLAUSULA SUELO TRAS FIRMAR ACUERDO
Buenos días,
Por el momento sólo se puede reclamar los intereses desde mayo 2013 a la espera de que a finales de año el TJUE se pronuncie si se pueden reclamar desde el primer día.
Saludos
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No, no es correcta la respuesta del abogado. Reclamar se puede reclamar el dinero desde el principio y no sólo desde mayo de 2013. Otra cosa es que la sentencia del TS diga que sólo hay que pagar el dinero desde mayo de 2013. Por ejemplo, a joxefe, le han devuelto todo el dinero desde el principio y la sentencia es firme:
www.josportal.com/foros/foros-de-hipotec...sula-suelo-cajasiete
Saludos
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cito: " Estimado cliente:
en cumplimiento de la resolucion dictada por el banco de españa en relacion a la reclamacion sobre la clausula suelo-techo de los prestamos hipotecarios que mantiene con nuestra entidad, se ha considerado eliminar dicha clausula.
Asimismo estimamos que, tambien por su parte dara por finalizada la reclamacion que por este motivo presento ante la entidad una vez se proceda a la modificacion de la clausula, para lo que se precisara de su firma en este escrito aceptando esta resolucion.
atentamente"
Entiendo que no trata nada de los intereses ni de reclamarlos ,solo trata de la clausula.
Que opinais?
gracias por adelantado[/quote]
Buenas a todos
Visto el milagro obrado por el TJUE, que pensáis sobre el acuerdo firmado? Entiendo que no pone nada de las cantidades, pero aun así merece la pena esperar pedir al banco que te lo devuelva por las buenas o todos a juicio?
Un saludo
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Entiendo que en ese escrito no se cierra ninguna puerta a poder reclamar la devolución de las cantidades cobradas de más. Pero yo me esperaría un tiempo, hasta que se calme un poco la cosa, y entonces presentaría reclamación al banco. Con el tiempo tenderemos las cosas más claras de como van actuando los bancos y las resoluciones judiciales sobre el tema y así será más fácil poder reclamar por la vía judicial si fuese necesario.
Saludos
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Hace tiempo que no escribo, pero gracias a vosotros he conseguido muchas cosas, suelo, seguros....
El Tema:
Firme con el banco la anulación de la clausula suelo pero me metieron en una clausula lo siguiente:
“3.- El tipo de interés ordinario aplicable al préstamo, calculado conforme a los apartados anteriores no podrá ser nunca inferior al 3,50% nominal, ni superior al 10%”, excluyendo y rectificando expresamente la cuota hipotecaria, al objeto de que tal concepto/límite no sea incluido en las sucesivas mensualidades del préstamo hipotecario suscrito entre ambas partes y ello con efecto inmediato; a partir de la firma del presente documento; sin que proceda la devolución de los intereses cobrados de más con anterioridad a la retirada de dicha Cláusula.
AL FINAL INDICA QUE NO PROCEDA A DEVOLVER LOS INTERESES. ESTE CONTRATO LO FIRMAMOS LAS DOS PARTES EL 25-03-2014.
La duda: Si el tribunal europeo en su sentencia indica que se devuelvan los intereses cobrados de mas de todo el préstamo, puedo reclamarlos aun habiendo firmado ese contrato??
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