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Pregunta [Cajamar] Respuesta a la reclamación por gastos de constitución.

7 años 3 semanas antes #171982 por sunset9212
Ahora mismo me acaba de llegar, por carta certificada, la respuesta a mi reclamación por los gastos de constitución de la hipoteca. En resumen, me dicen que "tururú". Por 2 motivos:

  1. La sentencia del TS no atañe a esta entidad.
  2. La cláusula era clara y comprensible, y la acepté libremente.

Sobre el primer punto, vale. Sobre el segundo, pienso que eso no impide que una cláusula pueda seguir siendo abusiva. Yo puedo firmar, por ejemplo, que un sicario se pase a darme una paliza al mes. Pero si eso no es legal, de poco sirve que el acuerdo sea claro y comprensible, o que yo lo haya aceptado. Es un caso extremo, pero quería ilustrar claramente que una cosa es lo que se firma, y otra lo que dice la ley que está permitido hacer.

Evidentemente, en este caso concreto, hay jueces que interpretan que ha habido abuso, mientras que otros supongo que dicen que no (lo desconozco). Pero bueno, veremos cómo evoluciona este tema.

La respuesta literal de Cajamar es la siguiente:

En contestación a su reclamación en la que solicita la devolución de las cantidades atendidas por usted al momento de la formalización de su préstamo hipotecario, a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo nº 705/2015, de 23 de diciembre, este Servicio de Atención al Cliente ha resuelto desestimarla por los siguientes motivos:

La citada sentencia resulta únicamente de aplicación a las entidades que han sido parte en el procedimiento judicial correspondiente, entre las que no se encuentra esta entidad.

Además, la cláusula correspondiente de la escritura de formalización de su préstamo es distinta a la que ha sido objeto de enjuiciamiento por parte del Tribunal Supremo, está redactada de manera clara y comprensible, fue debidamente informada y, por todo ello, entendemos que, al momento de formalización de su préstamo hipotecario, usted conoció y asumió plena, libre y conscientemente la distribución de gastos pactada, asi como que las condiciones pactadas del propio préstamo lo fueron en atención a dicha distribución de gastos, sin que, en estas circunstancias, quepa en opinión de este Servicio considerar dicha cláusula como abusiva.

En caso de no estar conforme con esta resolución, puede usted dirigirse al Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España, con domicilio en calle Alcalá nº 48, 28014 Madrid, empleando el formulario de reclamaciones y quejas adjunto.


Era algo que me esperaba, la verdad. Pero es un paso imprescindible en caso de que me decida a demandar más adelante. Así que ya está dado ;) .

Saludos.

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7 años 3 semanas antes #171989 por Luis2013
exáctamente la misma que recibí hace un mes... estoy esperando a la del suelo que si no me equivoco irá en la misma línea (carta tipo de denegación) y a reclamar judicialmente todo conjuntamente...en mi caso no existe oferta vinculante, no van a encontrar ningún correo con nadie de la entidad negociando nada ni simulaciones ni nada... simplemente me van a retrasar otros dos años...eso sí, estos pagan costas como está mandao...ya no hay posibilidad de acuerdo alguno hasta que les enchufen...tal vez me busque un psicólogo y les pase la factura del tratamiento por daños morales, ansiedad o lo que se me pueda ocurrir,,, que sea grande la factura y les duela... soy superfan de cajamar por si nadie lo ha notado :)

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7 años 3 semanas antes #171990 por neon26
Bueno hay que seguir haciendo pasitos

Banco de España y ahí debes adjuntar el formulario del BDE

www.bde.es/f/webbde/RCL/servicio/reclama...MACION_PRESEN_PF.pdf

Y esto enviarlo Banco de España
Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones
c/ Alcalá, 48
28014 Madrid

O si por donde vives tienes un BDE, pues lo llevas en mano

El escrito debe contener los siguientes datos:

Identificación del interesado (nombre y apellidos o denominación social, domicilio a efecto de notificaciones, DNI). Si se presenta por medio de representante, se acreditará la representación por cualquier medio admitido en derecho.
Asociaciones de consumidores: acreditación de la condición de socio del reclamante, cuando actúen en representación de un determinado cliente.
Entidad o entidades contra las que se reclama o queja y oficinas implicadas.
Motivo concreto de la queja o reclamación.
Acreditación del cumplimiento del trámite previo ante el Servicio de Atención o Defensor del Cliente de la entidad, en su caso.
Lugar, fecha y firma original, o digital.

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7 años 3 semanas antes #171994 por Luis2013
es necesario pasar por el Banco de España? es una aplicación extendida a otra entidad de una sentencia del supremo, creo que poco tiene que decir aquí el bde. de hecho tengo una estupenda a mi reclamación del suelo diciendo que ya se habían pronunciado los tribunales y que poco podían decir ellos al respecto (presenté reclamación al bde en marzo de 2013 y en mayo 2013 se pronunció el TS, a mi me contestó el bde en junio de 2013)... vamos que cuatro meses perdiendo el tiempo y eso que yo les pedía que dijeran si se respetaban las condiciones de transparencia exigida por no darme la OV.. de eso ni hablaban solo carta tipo de ya se pronunció el TS
saludos

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7 años 3 semanas antes #172008 por neon26
No es necesario, pero mientras que no se pueda demandar con garantías, es algo que podemos hacer y que frente a un posible juicio, nos podría ayudar, tanto si suda del tema el BDE como si no suda, como si no te da la razón, en cualquiera de los tres casos te ayudaría.

Pero no, no es necesario.

Salu2

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7 años 3 semanas antes #172013 por sunset9212
Hola Luis2013 y Neon26:

Muchas gracias a ambos por tomaros la molestia de responder. Precisamente iba a preguntarte, Neon26, lo mismo que pregunta Luis2013: si merece la pena lo del BDE.

Llevo un tiempo leyendo algunas respuestas del BDE, y he visto que no se mojan en absoluto. Al final siempre pasan la "patata caliente" a los tribunales. Por eso estaba dudando entre realizar ese paso o bien esperar a que hubiese algún caso activo que llegue hasta el Tribunal Supremo. En cualquier caso, intentaré sacar tiempo para rellenar el documento que me has pasado. Gracias ;) .

En cuanto a lo que me comentas tú, Luis2013, entonces supongo que ni se habrán molestado en mirar mi caso en particular. Si la carta es igual a la tuya está claro que tienen un modelo estándar y que se dedican a despachar estos casos de los gastos de constitución de la misma manera. ¡Ánimo con tu caso!

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