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Pregunta Comisiones de mantenimiento de cuenta vinculada a la hipoteca
Bueno vamos al lio;
Hoy he ido a mi oficina de Unicaja para cancelar los pocos productos que me quedaban con ellos,he dejado solo la cartilla para que se conbren la hipoteca ya que no me han dejado cancelarla por tenerla vinculada al prestamo.
Bueno el tema es que la interventora muy despota me da dicho que si lo hago para que no me cobren las comiciones de mantenimiento de la cuenta,van a seguir cobramdomelo igualmente.
A lo que yo le dicho que ya lo veremos cuando me las cobren,porque segun tengo entendido no se si me equivoco,si la cuenta la tienes solo para el cobro de la hipoteca solo para eso no tienen porque cobrar comisiones ya que ellos te obligan a tener una cuenta para tal cobro, ¿es asi la cosa? Me pueden cobrar las comisiones de mantenimiento de la cuenta si solo esta destinado para el cobro de la hipoteca,es mas yo lo que quiero es hacer una trasferencia desde mi nuevo banco a estos inutiles para asi no ir por la oficina.
A ver si me podeis hechar una manilla con este tema y si teneis alguna carta para reclamar cuando me cobren las comisiones os lo agradeceria enormemente porque asi adelantaria trabajo.
Mil Gracias de antemano
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- PAEZITO83
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pero imagino que tu ya tienes la cuenta desde antes de que saliera está ley entonces es lo que tu dices exactamente
www.bde.es/clientebanca/es/areas/Product...uenas_Practicas.html
Comisión en cuenta vinculada a préstamo. Sustitución de la misma por otra vía de pago:
Es frecuente que la gestión de un préstamo hipotecario se lleve a cabo a través de una cuenta asociada a aquel, cuenta en la que se adeudan comisiones y sobre la que se plantean dudas acerca de la posibilidad o no de cancelarlas y realizar los pagos por otras vías o canales.
Tradicionalmente el Servicio mantuvo que no correspondía a los clientes soportar comisiones por mantenimiento/administración, si las cuentas se mantenían exclusivamente para abonar intereses de un depósito o dar servicio a un préstamo hipotecario, en una cuenta abierta por imposición de la entidad y por tanto en interés suyo.
Posteriormente, la Orden EHA/2899/2011, estableció que las entidades que comercialicen servicios bancarios vinculados a contratar otro servicio, deben informar al interesado de la posibilidad o no de contratar cada servicio de modo independiente y del coste que corresponde a cada servicio. La Circular 5/2012 del Banco de España establece que cuando la apertura de una cuenta sea obligatoria para el cliente, sus gastos de mantenimiento no podrán ser modificados unilateralmente por la entidad, siempre que se utilice exclusivamente para ese fin.
A tenor de lo anterior, el criterio del Servicio es que en los préstamos formalizados después de la entrada en vigor de la normativa transcrita, o en aquellos modificados tras esa fecha, se puede cobrar esa comisión de mantenimiento –aunque la cuenta se use tan solo para la gestión del préstamo- si antes se informó al cliente de la exigencia de contratar la cuenta; que se informe de la parte del coste total que corresponde a ese mantenimiento; que contratación y coste se recojan en el contrato; y que su coste no pueda ser modificado por la entidad a lo largo del préstamo. En los préstamos anteriores, se mantiene el tradicional criterio del Servicio, plasmado al comienzo de este apartado, dado que esos préstamos no tienen tantas garantías como los más recientes.
Sobre la posibilidad de dar de baja la cuenta, habrá que atender lo recogido en la escritura y, a partir de ella, valorar el mantenimiento o no de la cuenta a tenor de lo recogido en las obligaciones y derechos de las partes. Si el contrato no contiene la obligación de tener abierta la cuenta, el prestatario sería libre para decidir si mantiene la domiciliación de los recibos en la entidad prestamista o la cambia a otra, cancelando la cuenta.
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Gracias
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- PAEZITO83
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Puede que la entidad te diga que tienes que pagar las comisiones por la cuenta o que te la cobren las transferencias pero lo que debes de hacer es reclamar siempre esas comisiones (hasta el BDE si hace falta).
En este tema tiene ejemplos de cartas:
www.josportal.com/foros/foros-reclamacio...-os-las-deben-cobrar
Y borro el comentario que has escrito en ese tema ya que tienes la respuesta aquí.
Saludos
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ahora me toca esperar a ver si me cobran las dichosas comisiones y en cuanto lo hagan presentare vuestra carta
una vez mas gracias
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- PAEZITO83
- []
- Autor del tema
- Invitado
Muy bien. Ya nos dirás si te cobran las comisiones o no.
Para cualquier otra cosa, aquí estamos.
Saludos
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