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Importante DAC8 y modelos 042, 172, 175 y 721: fin del anonimato cripto

3 semanas 19 horas antes #192179 por neon26
¡Hola comunidad!

📅 **Fecha**: 23 de marzo de 2026  
🔗 **Fuentes principales**: CriptoNoticias, Waltio, López‑Ibor, Comisión Europea.

**Resumen**  
La Hacienda española y la UE están ultimando el despliegue de la Directiva DAC8 y los nuevos modelos informativos 042, 172, 175 y 721. Esta normativa, que se aplicará desde el 1 de enero de 2026, obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos a comunicar la identidad de sus clientes, los saldos y todas sus operaciones a la administración tributaria. Se acaba así el anonimato y se crea un registro de operadores. A continuación te explico los puntos clave y cómo puede afectarnos.

**Contenido**
- **¿Qué es la DAC8?**  Es la octava enmienda a la Directiva de Cooperación Administrativa de la UE. Adoptada el 17 de octubre de 2023, obliga a los países a intercambiar información sobre criptoactivos. A partir del 1 de enero de 2026 los CASPs (exchanges, custodios y otros intermediarios) deben recabar y reportar datos de los usuarios y sus movimientos.
- **Nuevos modelos fiscales**. España ha sacado a audiencia pública los modelos 042, 172, 175 y 721. El modelo 042 crea un registro de operadores de criptoactivos; el 172 obliga a declarar saldos; el 175 sustituye al antiguo 173 para informar de operaciones; el 721 amplía el control sobre criptoactivos en el extranjero. Se prevé que estos modelos se presenten por primera vez en 2027, para operaciones del ejercicio 2026.
- **Fin del anonimato**. Según la DAC8 y la normativa española, los proveedores tendrán que entregar a Hacienda datos exhaustivos: nombre y apellidos, domicilio, NIF/NIE, volumen de adquisiciones y ventas, e incluso el valor de tu cartera al cierre de cada año. Este intercambio se realizará automáticamente y de forma masiva.
- **¿A quién afecta?**  Las obligaciones recaen sobre exchanges y custodios (incluidas plataformas extranjeras con clientes españoles). Los usuarios que utilizan solo wallets frías no están obligados a reportar, pero los movimientos con exchanges sí quedarán registrados.
- **Plazos y calendario**. La AEAT abrió una consulta pública hasta el 30 de marzo de 2026 sobre los nuevos modelos. La normativa se aplicará a partir del 1 de enero de 2026 y los proveedores tendrán hasta septiembre de 2027 para presentar la información de ese primer ejercicio.

**Enlaces relevantes**
- Noticia de CriptoNoticias: "España acelera el reporte obligatorio de criptomonedas" — [CriptoNoticias]( www.criptonoticias.com/regulacion/espana...-hacienda-impuestos/ ).
- Información oficial de la Comisión Europea sobre la DAC8 (en inglés) — [Europa.eu]( taxation-customs.ec.europa.eu/taxation/t...peration-dac/dac8_en ).
- Análisis jurídico del despacho López‑Ibor sobre la DAC8 y los modelos españoles (en español).

**Pregunta para la comunidad**  
¿Qué opináis sobre la desaparición del anonimato fiscal en el mundo cripto? ¿Habéis empezado a preparar vuestros registros para el 2026? ¡Os leo en los comentarios!
 

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