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Pregunta Desistimiento antes de 6 meses
6 años 4 semanas antes #183530
por cagecg
Desistimiento antes de 6 meses Publicado por cagecg
Hola,
Alquilé mi piso en Agosto, y ahora a finales de mes el inquilino se irá. Me ha avisado con 30 días de antelación pero claro, se va antes de los 6 meses de periodo mínimo.
En el contrato pone esto:
PRIMERA.- El arrendamiento se establece por un plazo de 1 año, a contar desde el día 1 de agosto de 2018. De acuerdo con la legislación vigente a la firma de este contrato, el arrendatario tendrá la facultad de su renovación anual hasta que el arrendamiento alcance la duración de 3 años; no habrá lugar a dicha renovación si el arrendatario notificase por escrito la renuncia con al menos 30 días de antelación a la finalización del plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas anuales.
Una vez finalizado el plazo máximo de tres años, y siempre que no haya sido denunciado el contrato por cualquiera de las partes, este se prorrogará por un periodo de un año.
SEGUNDA.- Expresamente se pacta un periodo mínimo de validez del contrato de seis meses. El incumplimiento de dicho plazo por el arrendatario dará lugar a una indemnización dineraria equivalente al periodo de renta que falte por cumplir para llegar al periodo mínimo pactado. Pasado el periodo mínimo, el arrendatario podrá desistir en todo momento del contrato siempre que realice un preaviso con treinta días de antelación. Realizado el preaviso con la antelación pactada, queda convenido el pago por el arrendatario que desiste de una indemnización, en concepto de perjuicios para el propietario, equivalente a un mes de renta por cada año de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización. En el caso de que no se hubiese realizado dicho preaviso en el tiempo convenido, la indemnización a pagar al arrendador se verá incrementada en la cantidad equivalente a un mes de renta.
No procederá la prórroga obligatoria del contrato en el caso de que, trascurrido el primer año de contrato, el arrendador necesite la vivienda arrendada para su uso como vivienda permanente para él, o para sus familiares de primer grado de consanguinidad o por adopción, o para su cónyuge en caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial. El arrendador deberá comunicar este extremo con al menos dos meses de antelación a la fecha en que la vivienda se vaya a necesitar. En ese caso, el arrendatario estará obligado a entregar la vivienda en el plazo convenido sin que ello genere derecho a indemnización alguna por parte del arrendador.
Esto quiere decir que me debería pagar 2 meses porque sólo ha estado 4? Y si es así, como tengo 2 meses de fianza si así lo acordamos me quedo con estos 2 meses?
Es que mucho me parece a mí que no es consciente de esto... y no sé como decírselo, si decírselo antes o en la entrega de llaves..
Tenéis algún modelo de finalización de contrato que recoja esto?
Muchas gracias por la ayuda!!
Saludos,
Alquilé mi piso en Agosto, y ahora a finales de mes el inquilino se irá. Me ha avisado con 30 días de antelación pero claro, se va antes de los 6 meses de periodo mínimo.
En el contrato pone esto:
PRIMERA.- El arrendamiento se establece por un plazo de 1 año, a contar desde el día 1 de agosto de 2018. De acuerdo con la legislación vigente a la firma de este contrato, el arrendatario tendrá la facultad de su renovación anual hasta que el arrendamiento alcance la duración de 3 años; no habrá lugar a dicha renovación si el arrendatario notificase por escrito la renuncia con al menos 30 días de antelación a la finalización del plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas anuales.
Una vez finalizado el plazo máximo de tres años, y siempre que no haya sido denunciado el contrato por cualquiera de las partes, este se prorrogará por un periodo de un año.
SEGUNDA.- Expresamente se pacta un periodo mínimo de validez del contrato de seis meses. El incumplimiento de dicho plazo por el arrendatario dará lugar a una indemnización dineraria equivalente al periodo de renta que falte por cumplir para llegar al periodo mínimo pactado. Pasado el periodo mínimo, el arrendatario podrá desistir en todo momento del contrato siempre que realice un preaviso con treinta días de antelación. Realizado el preaviso con la antelación pactada, queda convenido el pago por el arrendatario que desiste de una indemnización, en concepto de perjuicios para el propietario, equivalente a un mes de renta por cada año de contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización. En el caso de que no se hubiese realizado dicho preaviso en el tiempo convenido, la indemnización a pagar al arrendador se verá incrementada en la cantidad equivalente a un mes de renta.
No procederá la prórroga obligatoria del contrato en el caso de que, trascurrido el primer año de contrato, el arrendador necesite la vivienda arrendada para su uso como vivienda permanente para él, o para sus familiares de primer grado de consanguinidad o por adopción, o para su cónyuge en caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial. El arrendador deberá comunicar este extremo con al menos dos meses de antelación a la fecha en que la vivienda se vaya a necesitar. En ese caso, el arrendatario estará obligado a entregar la vivienda en el plazo convenido sin que ello genere derecho a indemnización alguna por parte del arrendador.
Esto quiere decir que me debería pagar 2 meses porque sólo ha estado 4? Y si es así, como tengo 2 meses de fianza si así lo acordamos me quedo con estos 2 meses?
Es que mucho me parece a mí que no es consciente de esto... y no sé como decírselo, si decírselo antes o en la entrega de llaves..
Tenéis algún modelo de finalización de contrato que recoja esto?
Muchas gracias por la ayuda!!
Saludos,
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6 años 3 semanas antes #183538
por hipotk
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Respuesta de hipotk sobre el tema Desistimiento antes de 6 meses
Hola cagecg
Sí, según el contrato te debería pagar dos meses. Yo también tengo un piso alqulilado y me pasó lo mismo. En mi caso, para evitar malos rollos y problemas preferí buscar un nuevo inquilino y al día siguiente de que se marchara ya estaba el nuevo inquilino dentro. Creo que fue la mejor solución para todos.
Saludos
Sí, según el contrato te debería pagar dos meses. Yo también tengo un piso alqulilado y me pasó lo mismo. En mi caso, para evitar malos rollos y problemas preferí buscar un nuevo inquilino y al día siguiente de que se marchara ya estaba el nuevo inquilino dentro. Creo que fue la mejor solución para todos.
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6 años 3 semanas antes #183539
por cagecg
Respuesta de cagecg sobre el tema Desistimiento antes de 6 meses
Gracias!
Y puedo usar los dos meses de fianza para cubrir esto? He leido por ahí que hay que acordarlo antes incluso he leido que si ya tienes inquilino no deberias quedarte los dos meses...
Y en estos casos es mejor avisarlo o cuando entregue las llaves decirlo?
Gracias
Saludos
Y puedo usar los dos meses de fianza para cubrir esto? He leido por ahí que hay que acordarlo antes incluso he leido que si ya tienes inquilino no deberias quedarte los dos meses...
Y en estos casos es mejor avisarlo o cuando entregue las llaves decirlo?
Gracias
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6 años 3 semanas antes #183543
por hipotk
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Respuesta de hipotk sobre el tema Desistimiento antes de 6 meses
Hola cagecg
No, no puedes usar la fianza para cubrirlo a no ser que lo pactes con el inqulino. También está claro que si cuando se va el inqulino te entra otro no puedes cobrarle los dos meses puesto que esa cláusula es para evitar que te quedes con el piso vacío mientras buscas otro inquilino. Si ya lo tienes estás cobrando dos veces lo mismo por el mismo bien. Para evitarte problemas lo mejor sería decirlo cuando entregue las llaves, pero como te dije en mi mensaje anterior lo mejor es buscar un inquilino antes y evitar malos rollos y problemas.
Saludos
No, no puedes usar la fianza para cubrirlo a no ser que lo pactes con el inqulino. También está claro que si cuando se va el inqulino te entra otro no puedes cobrarle los dos meses puesto que esa cláusula es para evitar que te quedes con el piso vacío mientras buscas otro inquilino. Si ya lo tienes estás cobrando dos veces lo mismo por el mismo bien. Para evitarte problemas lo mejor sería decirlo cuando entregue las llaves, pero como te dije en mi mensaje anterior lo mejor es buscar un inquilino antes y evitar malos rollos y problemas.
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El siguiente usuario dijo gracias: cagecg
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