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Pregunta EXPLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO
12 años 3 meses antes #75056
por todismo
Respuesta de todismo sobre el tema EXPLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO
En los casos de hipotecas en las que l banco no tiene obligación de dar OV , por importe superior a 150 mil Eur, no podemos reclamar nada, porque no se considera abusivo el hecho de la diferencia entre suelo y techo ¿ es así ?
Gracias y un saludo
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12 años 3 meses antes #75067
por eduedu70
Respuesta de eduedu70 sobre el tema EXPLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO
No entiendo mucho de este tema. Pero, el T.S. se pronuncia sobre la falta de transparencia, por ejemplo que no ponga en la oferta vinculante que te dan 3 días para ver la Escritura... pero...¿qué pasa con fallar sobre si es abusiva un suelo por su gran diferencia entre el mínimo y el máximo(techo)??.. ¿no va a pronunciarse en los próximos días sobre este aspecto? una hipoteca puede tener transparencia pero tener un suelo abusivo por beneficiar sólo a una parte (el banco).. ¿sabeis algo?
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12 años 3 meses antes - 12 años 3 meses antes #75071
por elhuerta
Respuesta de elhuerta sobre el tema EXPLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO
Tras esto..una duda,conviene esperar a resolución de Reclamación del Banco de España o valdría reclamar al Banco la oferta vinculante y si no la dan porque no la tienen ya que no se firmó, vamos a los Tribunales,ya que en teoría la justicia nos daría la razón.Nos evita esto tener que esperar una resolución favorable del BDE
Un saludo
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12 años 3 meses antes - 12 años 3 meses antes #75080
por Ipanies
Respuesta de Ipanies sobre el tema EXPLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO
Una vez aclarada esta duda, con una hipoteca de 180.000 Euros y firmada en 2006, ¿hay alguna vía de reclamación?
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12 años 3 meses antes #75100
por garibolo1974
Respuesta de garibolo1974 sobre el tema EXPLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO
Como bien dice un forero hay que ir a la pagina web del Tribunal Supremo y leer la nota de prensa.
Dicen textualemtne
. º Se declara la nulidad de las cláusulas suelo en los casos de falta de transparencia, como acontece en los tres supuestos examinados en el asunto que resuelve.
¿Que casos son esos tres? Un forero a comentado que son los que aparecen en la sentencia 246/10 de Sevilla, pues bien te vas a esa sentencia y aparecen estos tres casos que de aparecer en nuestras hipotecas la clausula suelo quedaria anulada.
Estos casos son los siguientes:
1.Un pacto que sólo cubra tal interés del prestamista (cláusula suelo, únicamente)
seria nulo por falta de reciprocidad en perjuicio del consumidor
2.Un pacto que solo cubriere tal interés del prestatario (cláusula techo, únicamente)
seria en puridad meramente anulable por el predisponente a su voluntariedad, pues no se
contempla análoga tutela que al consumidor, precisamente por la superioridad de aquel
frente a éste (art. 1302 Cc).
3.Un paco que cubriere o pretendiere cubrir tanto los intereses del uno como del
otro, faltaría a la reciprocidad siempre que no guarde la prudencial o razonable relación de
equivalencia o semejanza, legalmente exigible, entre la limitación al alza y a la baja, de la
variación de los tipos de interés.
Como vemos en el punto tres estamos casi todos, con lo cual si la sentencia del Supremo se refiere a estos tres puntos, creo que nos quedaria anulada la clausula a todos. Con lo que la sentencia no es tan mala.
Habra que esperar y leer la sentencia integra.
Dicen textualemtne
. º Se declara la nulidad de las cláusulas suelo en los casos de falta de transparencia, como acontece en los tres supuestos examinados en el asunto que resuelve.
¿Que casos son esos tres? Un forero a comentado que son los que aparecen en la sentencia 246/10 de Sevilla, pues bien te vas a esa sentencia y aparecen estos tres casos que de aparecer en nuestras hipotecas la clausula suelo quedaria anulada.
Estos casos son los siguientes:
1.Un pacto que sólo cubra tal interés del prestamista (cláusula suelo, únicamente)
seria nulo por falta de reciprocidad en perjuicio del consumidor
2.Un pacto que solo cubriere tal interés del prestatario (cláusula techo, únicamente)
seria en puridad meramente anulable por el predisponente a su voluntariedad, pues no se
contempla análoga tutela que al consumidor, precisamente por la superioridad de aquel
frente a éste (art. 1302 Cc).
3.Un paco que cubriere o pretendiere cubrir tanto los intereses del uno como del
otro, faltaría a la reciprocidad siempre que no guarde la prudencial o razonable relación de
equivalencia o semejanza, legalmente exigible, entre la limitación al alza y a la baja, de la
variación de los tipos de interés.
Como vemos en el punto tres estamos casi todos, con lo cual si la sentencia del Supremo se refiere a estos tres puntos, creo que nos quedaria anulada la clausula a todos. Con lo que la sentencia no es tan mala.
Habra que esperar y leer la sentencia integra.
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12 años 3 meses antes #75104
por romano75
Respuesta de romano75 sobre el tema EXPLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO
cuando una manzana está podrida,no se puede aprovechar, por dentro no hay nada....
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