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Pregunta CARTA DE RECLAMACIÓN DE LOS GASTOS DE HIPOTECA. CARTA ACTUALIZADA A OCTUBRE 2023
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aqui dejo la carta...
Acusamos recibo de su escrito, por el que presenta reclamación contra BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., que ha tenido entrada en este Banco de España el día 25 de octubre de 2023, y ha sido registrado en el expediente con el número de referencia arriba indicado. A la vista del mismo, le informamos de que el ámbito de competencia de este Departamento de Conducta de Entidades se circunscribe exclusivamente a valorar la actuación de las entidades supervisadas en una relación típicamente bancaria, valorando si su actuación se ajustó, o no, a la normativa de transparencia y protección de la clientela y a las buenas prácticas bancarias1 . En su caso particular, analizados los hechos expuestos en que fundamenta su reclamación, en los que señala el carácter abusivo de la cláusula de gastos de un préstamo hipotecario, le informamos de que no resulta competencia de este Departamento determinar el carácter abusivo de una cláusula contractual, ni la existencia de cualquier eventual vicio en el consentimiento prestado, ni declarar la nulidad de un contrato o de alguna de sus cláusulas; tampoco puede pronunciarse en relación con los efectos que pudiera suponer la eliminación de cualquiera de las cláusulas de los contratos en su día suscritos, correspondiendo en exclusiva a los Tribunales de Justicia valorar y decidir todas las anteriores cuestiones haciendo uso, a tal fin, de todos los medios de prueba admitidos en Derecho. Además, toda vez que su disconformidad se ha puesto de manifiesto, ante la entidad, una vez transcurridos más de cinco años desde que se formalizó el préstamo hipotecario, y se abonaron los gastos controvertidos, este Departamento entiende de aplicación lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 1964 del Código Civil2 , considerando prescrita la acción en el ámbito de sus competencias. En consecuencia, se procede al archivo del presente expediente, sin ulterior trámite. No obstante, podrá Ud. acudir a los juzgados y tribunales de justicia, para, en su caso, instar la declaración del carácter abusivo de la cláusula señalada y la ejecución de los efectos que de ello se deriven, dentro de los plazos legalmente previstos para ello. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO,
A la espera de una contestacion....mens mal que lo devolvian a todos...me toco la
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Lo primero, esto no prescribe y menos en tu caso que has reclamado a tu banco, una vez reclamado , la prescripción se paraliza y lo has hecho antes del 23 de enero de 2024 con lo cual...
Aquí lo explicamos
23 de enero prescriben los gastos de hipoteca , Verdadero o Falso?
Así pues, puedes seguir reclamando al BDE pero empezaría a valorar el tema de ir por vía judicial
Puedes hacer ambas cosas a la vez ya que el BDE te va a contestar en unos meses y puede que sea lo que tarde un abogado en tirar para adelante todo esto,
Si quieres nuestros abogados esto te lo miran haciendo un estudio de viabilidad gratuito
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Salu2
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Estimado cliente, Nos dirigimos a usted con relación al nuevo escrito que envió a esta entidad sobre la cláusula de gastos de su préstamo hipotecario. A este respecto, le informamos que analizadas de nuevo las condiciones concretas de las obligaciones asumidas por las partes y formalizadas ante fedatario público en su escritura de préstamo hipotecario y sus particulares circunstancias, esta Entidad considera adecuada la respuesta que se le facilitó a su anterior reclamación, por lo que nos ratificamos en la misma. Aprovechamos la ocasión para informarle que los gastos de la compraventa y de la tasación corresponden a relaciones jurídicas ajenas al banco, acordadas por usted con un tercero. En lo que respecta al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, el Reglamento del Impuesto en la fecha de firma de su escritura establecía que su pago correspondía al prestatario (el cliente), tal y como ha confirmado el Tribunal Constitucional y el Pleno de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. En relación con la comisión de apertura de su préstamo hipotecario debemos indicar que el TJUE ha aclarado que la comisión de apertura de un préstamo hipotecario no forma parte del objeto principal del contrato y que para valorar su transparencia es fundamental el cumplimiento de las obligaciones de información precontractual que tienen las entidades y que BBVA ha cumplido siempre.
Además, considera el TJUE que la comisión de apertura tiene por objeto la remuneración de servicios relacionados con el estudio, el diseño y la tramitación de un préstamo hipotecario, los cuales son necesarios para su concesión, por lo que no parece que pueda ser abusiva, a menos que el importe que deba abonar el consumidor en concepto de dicha comisión sea desproporcionado en relación con el importe del préstamo. En el caso de BBVA no ha existido esa desproporción. Asimismo, queremos informarle que hemos revisado el resto de cláusulas recogidas en la escritura de su préstamo hipotecario. Con relación a la cláusula de vencimiento anticipado y a la cláusula de interés de demora aceptamos su nulidad en los términos previstos y con las consecuencias recogidas en la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario. Respecto del resto de cláusulas, informarle que las mismas no han sido declaradas como abusivas o nulas. Si usted no está conforme con la resolución de esta reclamación, puede acudir al Departamento de Conducta de Entidades de Banco de España. Puede obtener el formulario de reclamaciones en la web clientebancario.bde.es/pcb/es/menuhorizo...ma/comorealizarrecl/ o en cualquiera de las oficinas de nuestra Entidad. En caso de que lo precise en formato físico, también este Servicio de Atención al Cliente le podría facilitar un ejemplar del mismo. Confiando en haber podido aclarar la situación planteada, quedamos, por nuestra parte, como siempre, a su disposición para resolver cualquier cuestión adicional que necesite trasladarnos, pudiendo dirigirse nuevamente a nosotros. Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial y atento saludo
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Ya sabes que aquí tienes nuestros abogados que te pueden hacer dicho estudio de viabilidad gratuito
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Y en el asunto, nos pones gastos de hipoteca
Pero lo primero es seguir reclamando al BDE ya que aunque sabemos que no se van a mojar, al menos nosotros de cara a un juez, hemos hecho todo lo que debiamos y han pasado de nosotros
Salu2

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