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Pregunta CARTA DE RECLAMACIÓN DE LOS GASTOS DE HIPOTECA. CARTA ACTUALIZADA A OCTUBRE 2023
Increíble que todavía tengan la desfachatez de contestar. Esto
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- neon26
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Pues ya me ha contestado Ibercaja. Obviamente escaqueándose como ya nos temíamos.
Ahora debo reclamar a BdE con mi escrito y su respuesta?
Paralelamente ya me puedo ir buscando abogado especialista imagino... Este que tenéis en el foro nos lo puede mirar? Como contactamos con él? Tenemos alguna ventaja los foreros?
Saludos y gracias.
Os copio / pego la respuesta por si os interesa:
Estimado Cliente:
En contestación al escrito recibido en este Servicio de Atención al Cliente, en el que nos traslada la incidencia surgida en su relación con lbercaja, le comunicamos lo siguiente:
1º Que ha tenido entrada en este Servicio su reclamación referida a determinadas cuestiones contenidas en su escritura de préstamo hipotecario.
2° Que, analizado el hecho puesto de manifiesto en su comunicación, de conformidad con la Orden EC0/734/2004, de 11 de marzo, sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente de las Entidades Financieras y el Reglamento para la Defensa del Cliente del Grupo lbercaja, le informamos:
Que tras revisar la escritura del préstamo que Ud. suscribió con lbercaja en nuestra opinión entendemos lo siguiente :
1. Que usted solicitó y prestó libre y voluntariamente su consentimiento al contrato de préstamo que formalizó con esta Entidad, conforme al principio de autonomía de la voluntad que rige en nuestro Derecho, consagrado en el Art . 1.255 del Código Civil.
2. Que, dada la cuantía y el plazo de duración del préstamo, solo era posible la concesión de éste si usted consentía hipotecar su vivienda en garantía del préstamo. De no haber hipotecado su vivienda no se le hubiera concedido .
3. Que las condiciones de su préstamo, como por el ejemplo el tipo de interés, las comisiones y los gastos de formalización del préstamo, se le ofrecieron de forma conjunta y todas estas condiciones están interrelaciones, por ello, si lbercaja hubiera asumido de inicio el pago de los gastos del préstamo, de seguro que el tipo de interés de su préstamo hubiera sido más elevado del que es. Con ello queremos que usted entienda y comprenda que las condiciones de su préstamo, vistas en su globalidad , son equilibradas: es decir el precio que usted paga y ha pagado por su préstamo es justo .
No obstante, lo anterior , y dado que los tribunales han declarado abusivas determinadas cláusulas de los préstamos hipotecarios concedidos a consumidores, acatamos su criterio, con relación a las siguientes cláusulas :
a) Cláusula de gastos: Pago de impuestos, pago aranceles notariales y registrales y pago Gestoría, si estos son todos a cargo de usted.
b) Cláusula de pago de los gastos de tasación .
c) Cláusula de pago de interés de demora si el inmueble sobre la que recae la hipoteca es de uso residencial.
d) Cláusula de vencimiento anticipado.
e) Cláusula de redondeo al alza en el caso de que no hubiera sido eliminada.
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Sin perjuicio de lo anterior, igualmente consideramos :
a) Que no procede la devolución de los gastos pagados por usted en concepto de aranceles notariales, aranceles registrales, gastos de tasación y gastos gestoría, o comisión de apertura porque ha prescrito la acción para reclamarlos con arreglo a los criterios que se desprenden de la Sentencia de 25 de enero de 2024 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
b) Que la cláusula de intereses de mora ha venido sustituida por lo que establecido en el Art . 25 de la Ley 5/2019 de 15 de marzo reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario. En consecuencia , si esta entidad le hubiera cobrado alguna cantidad en concepto de interés de mora, no siguiendo lo establecido en el referido artículo , procederemos a su devolución, siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde el pago y justifique su pago.
c) Que la cláusula pactada en su contrato de préstamo de vencimiento anticipado por impago de cuotas ha venido a ser sustituida por la establecido en el Art. 24 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario.
En conclusión vista su reclamación, le informamos que procedemos a estimar parcialmente su solicitud y accedemos a eliminar o modificar de su contrato las cláusulas siguientes con las consecuencias que igualmente se indican: (i) La eliminación de la cláusula de gastos, incluidos los de la tasación del inmueble (ii) la eliminación de los intereses de demora convenidos en su escritura que se sustituye por los que se establecen en el Art. 25 de la Ley 5/2019, si es usted consumidor (iii) la modificación de la cláusula de vencimiento anticipado, que queda redactada en los términos que refiere el Art. 24 de la Ley 5/2019 de 15 de marzo (iv) La eliminación de la cláusula de redondeo alza.
Sin embargo, como le hemos indicado no procede la devolución de cantidad alguna, porque ha prescrito la acción para reclamar los gastos y demás conceptos que reclama, con arreglo al Art. 1964 del Código Civil, ya que han transcurrido más de 5 años desde que usted pudo ejercitar su acción para reclamarlos.
En caso de disconformidad con la presente Resolución, de acuerdo con el contenido de la citada Orden y el mencionado Reglamento, puede usted dirigirse ante el Departamento de Conducta Entidades del Banco de España.
Reciba un cordial saludo,
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE GRUPO IBERCAJA
Saludos
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Puedes reclamar al BDE, pero este no se moja, pero igualmente estaría bien que lo hicieras, porque bueno, así en caso de ir a juicio , el juez puede tener en cuenta, que has agotado todas las vías que te pone la administración para solucionar este problema
Paralelamente, puedes ir adelantando el tema con un abogado especialista, como bien indicas tienes nuestros abogados, que tiene mejores precios para los del foro y el estudio de Viabiilidad Gratuito donde te estudian tu caso en concreto y si sale positivo, entonces sabes que puedes demandar , si sale negativo, por lo que sea… entonces pues nada.
Dicho esto, para que te pasemos con ellos nos envías un mail a admin@josportal.com y nos indicas
Nombre
Email valido
Telef. De contacto
Banco a demandar en caso de.
Y provincia donde vives
Con esta info, se la pasamos a ellos y ellos se ponen en contacto contigo de alguna de las dos formas, mail o teléfono.
Un saludo
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Sabéis cuanto tarda en responder el BdE?
Saludos
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Pueden tardar 3 meses o 8 meses, depende del trabajo que tengan.
Recuerdo que cuanto tuvimos las clausulas suelo, tardaban 8 o 9 meses, pero en aquellos tiempos, tuvieron una avalancha de reclamaciones,
Ahora no hay tal volumen de reclamaciones, así que , supongo que te contestarán antes.
Ya nos cuentas
Salu2
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Ya he hecho la reclamación al BdE y he enviado mail. Ya me diréis como proceder con el abogado.NO se si ibercaja tiene defensor del cliente imagino que no porque te dicen que puedes reclamar al BDE, así que tienes dos opciones o hacer las dos cosas a la vez
Puedes reclamar al BDE, pero este no se moja, pero igualmente estaría bien que lo hicieras, porque bueno, así en caso de ir a juicio , el juez puede tener en cuenta, que has agotado todas las vías que te pone la administración para solucionar este problema
Paralelamente, puedes ir adelantando el tema con un abogado especialista, como bien indicas tienes nuestros abogados, que tiene mejores precios para los del foro y el estudio de Viabiilidad Gratuito donde te estudian tu caso en concreto y si sale positivo, entonces sabes que puedes demandar , si sale negativo, por lo que sea… entonces pues nada.
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