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Pregunta Cancelar seguro de vida antes de los 30 dias de su contratacion

11 años 11 meses antes #151510 por shootparabellum
Buenas noches: Quisiera realizar una consulta.
Hace 10 días firme las escrituras de mi nueva vivienda y la hipoteca. En la negociación de la hipoteca se me obligó a la contratación de un seguro de hogar con el banco y un seguro de vida. A sabiendas que esto era ilegal tuve que firmarlo, puesto que sino no se me concedia la hipoteca a pesar de no requerir ni avales y solicitar unicamente un 66% del precio de la vivienda.

Mi interes actual es por lo menos cancelar el seguro de vida (siendo este de Prima Unica Financiada por un plazo de 5 años) y que ofrece una bonificación misera de la hipoteca.

Según tengo entendido la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. en su articulo 83 a dice:

Artículo 83 a

1. El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad unilateral de resolver el contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna dentro del plazo de 30 días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o documento de cobertura provisional.


Se exceptúan de esta facultad unilateral de resolución los contratos de seguro en los que el tomador asume el riesgo de la inversión, así como los contratos en los que la rentabilidad garantizada esté en función de inversiones asignadas en los mismos.

2. La facultad unilateral de resolución del contrato deberá ejercitarse por el tomador mediante comunicación dirigida al asegurador a través de un soporte duradero, disponible y accesible para éste y que permita dejar constancia de la notificación. La referida comunicación deberá expedirse por el tomador del seguro antes de que venza el plazo indicado en el apartado anterior.


Por lo tanto pido opinión sobre si podría enviar una carta certificada a la aseguradora y al propio banco solicitando en base a ese articulo la devolucion del importe cobrado en mi cuenta por el seguro de vida.
Gracias. Un saludo.

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11 años 11 meses antes #151558 por monalisa
Hola shootparabellum, por supuesto que puedes solicitar la cancelacion , tanto del seguro de vida como el de hogar,

Como bien dices, solo tienes que enviar un ( o dos ) escrito , si quieres cancelar los dos seguros, solicitandolo, y acogiendote a la Ley 50/1980 de 8 de octubre de contrato de seguros..Y NO TE PUEDEN PONER NINGUNA OBJECCION..

Una cosa si te recomiento, que no te quedes sin seguros, si quieres pidenos prespuestos , y con gusto te lo hacemos, sin compromiso alguno, pero ten encuaenta que un seguro de vida es ,(por desgracia) necesario, ya que en caso de ocurrir algun inciddente (toco madera) fallecimiento o invalidez, la deuda hi potecaria quedaria liguidada..

Si ves que te cobran demasiado por el seguro de hogar, y la bonifacion es minima, no dudes en pedir prespuesto y ver si te merece la pena, seguir con ellos o sacarlo del banco

Saluditos B) B)

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11 años 11 meses antes #151585 por shootparabellum
Respuesta de shootparabellum sobre el tema Cancelar seguro de vida antes de los 30 dias de su contratacion
Muchas gracias por la respuesta.

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11 años 11 meses antes #151607 por monalisa
De nada y no dejes de informarnos en que queda la cosa B) B) B)

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11 años 11 meses antes #152465 por shootparabellum
Respuesta de shootparabellum sobre el tema Cancelar seguro de vida antes de los 30 dias de su contratacion
Bueno, pues quiero informar de la resolucion del tema.

Envie una carta certificada a la Entidad Aseguradora, y a la entidad mediadora del seguro en la que exponia mi decision de resolver (cancelar) el seguro de vida (llamado Seguro de amortización de prestamo) ya que el articulo 83a de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Permite la cancelación unicamente de los seguros de vida antes de los 30 dias siguientes a la firma del contrato.

También entrege copia de la carta en mi oficina sellandome una copia para que quedase constancia de la presentacion de la solicitud (la cara del comercial de la entidad fue un poema al igual que sus balbuceos)

Me cito la directora de la sucursal, y le expuse mi petición, se sintieron ofendidos alegando que yo habia firmado la hipoteca y que se me habia concedido con la obligacion de contratar los seguros (hogar y vida). Me intentaron culpabilizar de romper la confianza con la entidad. Les dije que según la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. en su artículo 5 apartado e) Imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguro. es ilegal. Y que ellos no pueden obligar la concesion de la hipoteca a la contratación de seguros (ellos lo hacen, pero nunca figura esa obligacion en las escrituras).

Resumiendo, he conseguido recuperar el dinero que abone por el seguro de vida de forma integra, y le he contado las verdades que tenian que oir, quedandome agusto.

Un saludo y animos en la lucha

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11 años 10 meses antes #152487 por monalisa
Pues ....biennnnn...enhorabuena de corazon....me alegro que las cosas se hayan resuelto a tu favor,
Es lo justo, tu vas con la ley por delante,y ellos (los bancos,) van siempre con engaños y malas artes..
Otra batalla ganada!!!!! :laugh: :laugh: :laugh:


UN TRIUNGO MAS DE UN JOSPORTALERO... :woohoo: :woohoo: :woohoo:

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