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Pregunta Cancelar seguro de vida antes de los 30 dias de su contratacion

11 años 1 semana antes #161772 por Manuelo
Buenas tardes a todos.
Mi caso es muy parecido al de shootparabellum. En mi caso he tenido que firmar seguros de hogar, vida y desempleo.
Estoy viendo la manera de poder cancelarlos.
En el caso del seguro de vida tengo claro que lo puedo cancelar hasta 30 días después de la firma.
Pero ¿Y en el caso del seguro de desempleo? ¿Se puede cancelar igualmente? ¿El plazo sería el mismo?
Os agradecería muchísimo cualquier ayuda.

Muchas gracias.

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11 años 1 semana antes #161800 por monalisa
Hola manuelo, segun entiendo por tu post, acabas de firmar todos los seguros???
si es asi , tienes derecho a devolver cualquiera antes de cumplir los 30 dias desde su firma..por favor cuentame un poco mas, y asi te puedo ayudar..
saludos B) B)

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10 años 10 meses antes #162462 por rubenbur
Hola a todos,

Yo también estoy en la misma situación, con la diferencia de que yo no he firmado todavía, firmaré en 1 semana.

Como comentáis, me "obligan" a contratar seguro de hogar por un lado, y por otro, seguro de vida a 5 años (creo que es lo que llamáis PUF) el cual puedo financiar junto con la hipoteca o pagarlo el día de la firma.

Según entiendo en este post, el mismo día de la firma puedo llevar la carta de cancelación de los seguros y entregarla una vez que esté firmada la hipoteca. ¿Es correcto?. ¿Puede existir alguna cláusula en las escrituras que me impida cancelar durante el primer mes?.

De todos modos, en cuanto tenga el borrador de la escritura os comentaré si veo algo raro.

Gracias¡¡¡

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10 años 10 meses antes - 10 años 10 meses antes #162468 por monalisa
Hola rubenbur...no pueden poner ninguna clausula en tu seguro PUF, que diga que no se puede cancelar en el mes siguiente de su cancelacion, ya que la ley lo contempla asi.en su ARTICULO DIEZ:
Artículo diez.

El tomador del seguro tienen el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo.

El asegurador podrá rescindir el contrato mediante declaración dirigida al tomador del seguro en el plazo de un mes, a contar del conocimiento de la reserva o inexactitud del tomador del seguro. Corresponderán al asegurador, salvo que concurra dolo o culpa grave por su parte, las primas relativas al período en curso en el momento que haga esta declaración."

Yo no te aconsejo, que lleves la carta el dia de la firma, mas que nada para evitar malas caras y que se produzca , ninguna situacion que pueda ser desagradable, sobre todo para vosotros. Pero eso ya veras como lo quieres hacer
Yo esperaria, y si acaso al dia siguiente o a los pocos dias, llevaba la carta a la entidad, o la envias via burofax, o por mail certificado.
Si quieres modelo de carta te lo pongo a continuacion...

Nombre del tomador del seguro y DNI
Dirección CP, localidad y provincia
Razón social de la aseguradora
Dirección
CP, localidad y provincia
Muy Sres. Míos:
D./Dña._____________________________, con Póliza N.º ________________ , por medio de la presente, procedo a comunicarles que en virtud de lo establecido en el art. 83 a de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro; así como viene estipulado en las condiciones generales y particulares de la póliza suscrita con Uds., mi decisión de dar de baja dicha póliza ya que no han transcurrido los 30 días preceptivos desde la fecha ___________en que se hizo entrega del contrato del seguro de vida de duración superior a seis meses.

Es por ello que solicito la devolución de la prima ya pagada, salvo la parte correspondiente al periodo de tiempo en que el contrato hubiera tenido vigencia, y por ello , solicito que se abstengan de realizar gestión de cobro alguna.
Sin otro particular.
En¬¬¬______________
Fdo_______________

Ya me dices , tu decision, y cualquier otra duda que tengas, no dudes en preguntarla.
saludos B) B)

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10 años 10 meses antes #162531 por rubenbur
Gracias Monalisa,

Ya me han pasado la Oferta Vinculante por un lado y el Fipre por otro.

A ver que me puedes decir de este punto:



Eso me puede obligar o es meramente informativo?

Por otro lado me dicen que no es necesario firmar la Oferta Vinculante, pero, es mejor firmarla no?

Gracias

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10 años 10 meses antes #162534 por monalisa
hola rubenbur,
todo esta ok, tu firmala y haz tal y como te dicen , por ningun lado veo que sea OBLIGATORIO el seguro de vida, , asi que una vez lo hayas firmado, les presentas la carta que te he puesto arriba, ACOJIENDOTE a ley, y haciendo uso de tus derechos..
En cuanto al seguro de hogar, un consejo, hazlo por este año,,y el año que viene antes de cumplir los dos meses, pideme presupuesto, (seguro que lo conseguimos por mejor precio/coberutras) y tambien se lo quitas..
Ya que en ningun momento aclaran en la oferta vinculante que tengas obligacion de hacerlo con ellos, que es obligatorio tenerlo ..pues si..pero con cualquier compañia...

Otra cosa te recomiendo, que te hagas un seguro de vida, anual renovable, una vez hayas cancelado el que te hacen ellos ...ya que es un seguro necesario , para prevenir cualquier percance que te pueda pasar, y que tu familia quede cubierta..

Si quieres , pideme prespuesto por aqui, sin compromiso, y lo hablamos....PERO ANTES CANCELA EL PUF...

Saludos y ya me cuentas... B) B) B)

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