cosworth escribió: Al banco ya fui, ellos solo me dicen que cierre la cuenta y la unifique con la otra que no me cobran comision.Yo nose hasta que punto puedo cerrar una cuenta donde esta la hipoteca para pasarlo a otra.Esta opcion no me gusta.
En cuanto al defensor del cliente supongo te refieras a atencion al cliente de Liberbank y es lo que te comente.
Paso tercero , BDE ¿cual es la direccion o servicio al cliente del BDE? Gracias
Todos o casi todos los bancos tienen SAC Servicio de atención al cliente y luego también DEF Defensor al cliente.
Se ha de hacer estas dos para poder acceder a reclamar al BDE , así lo dice la teoría, pero hay una excepción, y es que el banco en cuestión no tenga DEF que es tu caso.
Lo he buscado y no tienen defensor del cliente por tanto tu siguiente paso es reclamar al Banco de España.
Al banco de España puedes reclamar de 3 formas
Telematicamente a través de esta dirección
app.bde.es/psr_www/faces/psr_wwwias/jsp/...llaAsistenteForm.jsp
Por la via tradicional que es enviando carta a esta dirección
Banco de España
Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones
C/Alcalá 48
28014 Madrid
O bien en cualquiera de sus sucursales, aquí no se si tendrás alguna sucursal del BDE cerca.
IMPORTANTE
Preparar la documentación que te pide el BDE que es esta:
Como interesado, tienes que identificarte (nombre y apellidos o denominación social, domicilio -a efectos de notificaciones-, DNI y en caso de haberla, representación).
Entidad contra la que reclamas y la oficina implicada. En caso de querer reclamar contra varias entidades, deberás hacerlo de forma individual contra cada una de ellas, en formularios diferentes.
Acreditación de que has cumplido con el trámite previo ante los Servicios o Departamentos de atención a la Clientela y los Defensores del Cliente de la entidad.
Lugar, fecha y firma original.
No olvides adjuntar fotocopia de la documentación que acredita los hechos reclamados.
Se inadmitirán las reclamaciones, presentadas por consumidores, cuando haya transcurrido un año desde que se presentó la reclamación ante la entidad (art. 18.1.e) de la Ley 7/2017).
No se admitirá tu reclamación si han pasado más de 6 años desde la producción de los hechos sin que hayas presentado reclamación o queja ante nosotros.
Ya nos cuentas
Salu2