Buenas a todos,
Abro este hilo para hablar de un tema que sigue siendo un clásico de los abusos bancarios y que conviene tener muy claro para que no nos saquen el dinero por la cara: los cobros de 30 €, 35 € o 45 € bajo el concepto de "comisión por reclamación de posición deudora" (cuando una cuenta se queda en números rojos o hay un pequeño retraso en la cuota), y el sablazo de mantenimiento en cuentas que se usan ÚNICAMENTE para pagar la hipoteca.
Muchas entidades siguen aplicando estos cargos automáticos confiando en que el cliente no se va a meter en líos por importes pequeños. Sin embargo, los criterios del Banco de España y las sentencias judiciales son muy rotundos: en la inmensa mayoría de los casos son comisiones nulas e improcedentes.
Os detallo los puntos clave para saber si os las pueden devolver:
1. Comisión por "posiciones deudoras" (números rojos o retrasos):
- Para que sea legal, el banco no puede aplicar una penalización automática solo porque el sistema detecte la demora.
- La entidad tiene la obligación de demostrar que realizó una gestión real, concreta y personalizada para reclamar esa deuda concreta (por ejemplo, mediante burofax o requerimiento formal). Un SMS, un correo masivo o la simple notificación en la app NO justifican el cobro de esta comisión.
2. Comisión de mantenimiento en la cuenta de la hipoteca:
- Si la cuenta bancaria se abrió por exigencia del banco exclusivamente para el pago de las cuotas del préstamo y no realizáis en ella ninguna otra operativa (sin tarjetas, sin recibos, sin nómina), el banco NO puede cobrar comisiones de mantenimiento ni de administración.
- Es una práctica considerada abusiva por el criterio de Conducta de Entidades del Banco de España.
¿Cómo se reclama para recuperar el dinero?
Paso 1: Olvidaos de reclamar de palabra en la sucursal. Hay que redactar un escrito formal dirigido al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de la entidad, detallando las fechas, los conceptos y los importes cobrados indebidamente, exigiendo su devolución.
Paso 2: El banco dispone de un plazo legal para responder (habitualmente 30 días). Si desestiman la petición o no contestan en plazo, el siguiente paso es elevar la reclamación ante el Banco de España.
Como suelo recordar siempre por aquí: el negocio de la banca muchas veces se basa en colar pequeños pellizcos que el usuario deja pasar por pereza. Sumando cobros a lo largo de los años, hablamos de una cifra respetable.
Si tenéis dudas sobre si un cobro concreto en vuestra cuenta es reclamable o queréis que os eche una mano a estructurar el escrito para el SAC, comentadlo por aquí con los detalles y lo preparamos.
Salu2