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Pregunta Paro El Pago único o la Capitalización del Desempleo

10 años 2 semanas antes #150546 por chico29
Buenas, soy profesor substituto y me quedan 22 meses de paro, la pregunta es referente al pago único de desempleo es decir cobrar todo el paro para hacerme autónomo, se que lo podría hacer y me interesa la opción b) (esta explicada más abajo) es decir con mis 22 meses de paro pagar las cuotas de autónomo. Mi pregunta es, si una vez estoy en el paro y formalizo esto y me lo conceden, si después de 3 meses (por poner un ejemplo) me dan otra substitución, que pasaría con mi subvención de autónomo, automáticamente se pararía? o seguiría siendo autónomo y beneficidiandome de esta subvención hasta agotarla?
Otra pregunta es, en el mismo caso si trabajara de autónomo y de profe, seguiría acumulando paro en el régimen general es decir de profe, me refiero si generaría un paro nuevo? o son cosas incompatibles. bueno muchas gracias por la ayuda. y espero que alguien inteligente o que sepa del tema me ayude. un saludooooo


¿A qué modalidades pueden optar los autónomos?

Pago único (60%): los que realicen una inversión pueden financiarla con hasta un máximo del 60% de la prestación de desempleo que les reste por percibir. El resto se irá percibiendo mediante la compensación de las cuotas mensuales de autónomos efectivamente pagadas.


Pagos mensuales: Los que no realicen una inversión podrán destinar el 100% de su prestación pendiente a compensación de las cuotas mensuales de autónomos. En el caso de socios trabajadores de sociedades mercantiles, el 100% de la capitalización deberá dedicarse al pago de cuotas.

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10 años 2 semanas antes #150720 por hipotk
Respuesta de hipotk sobre el tema Paro El Pago único o la Capitalización del Desempleo
Hola chico29 :)

Es difícil darte una respuesta más concreta sin saber exactamente a que te vas a dedicar como autónomo. De todas formas antes de hacerte autónomo te debes de asegurar de varias cosas:

- Estar seguro que no incumples con el régimen de incompatibilidad para los funcionarios. Aunque seas sustituto también tienes el mismo régimen que los funcionarios. En el caso que te salga otra sustitución no debería parar nada (si tienes la compatibilidad) ya que se trata de dos régimenes distintos (a no ser que en las bases se especifique otra cosa).
- Si trabajas de profesor y de autónomo sigues acumulando para de nuevo para profesor, pero no podrás solicitarlo mientras sigas de alta en autónomos.
- Debes de realizar un plan de negocio.
- Tener presente que los ingresos que estimas en principio, en realidad van a ser menores de los que supones. Y al contrario con los gastos, los gastos que estimas en un principio seguro que van a ser mayores de los que en un principio te esperas. Por eso es importante hacer un plan de negocio realista.

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10 años 2 semanas antes #150735 por chico29
Respuesta de chico29 sobre el tema Paro El Pago único o la Capitalización del Desempleo
Muchas gracias, quiero hacer autonomo como quiromasajista y depilando por fotodepilación!. bueno espero que no sea un impedimiento muchas gracias

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10 años 1 semana antes #150811 por hipotk
Respuesta de hipotk sobre el tema Paro El Pago único o la Capitalización del Desempleo
Hola chico29 :)

Te paso aquí Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l53-1984.html

Lo que te interesa es el artículo 16.4:

4. Asimismo, por excepción y sin perjuicio de las limitaciones establecidas en los artículos 1.º 3, 11, 12 y 13 de la presente Ley, podrá reconocerse compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas al personal que desempeñe puestos de trabajo que comporten la percepción de complementos específicos, o concepto equiparable, cuya cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica, excluidos los conceptos que tengan su origen en la antigüedad.
Número 4 del artículo 16 introducido por Ley 31/1991, 30 diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992 («B.O.E.» 31 diciembre).

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10 años 1 semana antes #150957 por chico29
Respuesta de chico29 sobre el tema Paro El Pago único o la Capitalización del Desempleo
Muchas gracias moderador.! Estoy consultando por internet y quizás la mejor opción seria darme de alta en la seguridad social pero sin pagar autonomos como "ACTIVIDAD SECUNDARIA" como no facturaria más del salario minimo interprofesional 600 y pico pues evitaria posbiles sanciones de hacienda. es correcto? te paso la info que he encontrado (es la segunda)

Ser autónomo o no serlo con ingresos bajos
¿Puedo facturar sin darme de alta en autónomos?

!Darse de alta sólo en Hacienda: esta opción supone cumplir con la mitad de tus obligaciones, las relacionadas con Hacienda. Te permite facturar con tu NIF y pagar los impuestos vinculados a tus ingresos, algo que recomendamos siempre para evitar posibles sanciones de Hacienda, que pueden llegar a ser bastante cuantiosas y porque al tener ingresos bajos, tu IRPF será bajo y porque no puedes apropiarte del IVA cobrado en tus facturas. Tiene el inconveniente de que te obliga a presentar declaraciones trimestrales y anuales de IVA y muchas veces también de IRPF y retenciones, con el consiguiente coste en tiempo y/o dinero (asesor).

“Actividad Secundaria”: esta situación se produce cuando la actividad realizada no es tu actividad principal, sino secundaria (en ingresos y tiempo), al trabajar también por cuenta ajena. Es un caso similar al anterior, por lo que sólo te darás de alta en Hacienda y cumplirás con la mitad de tus obligaciones. Sólo que Hacienda verá que cotizas a la Seguridad Social, aunque sea en el Régimen General. Y mientras tu actividad como autónomo no alcance el salario mínimo interprofesional tendrás ciertas opciones de no ser sancionado en caso de inspección por la Seguridad Social (aunque esto no está reconocido en ninguna normativa, tan sólo existe algo de jurisprudencia.). Y recuerda que si la actividad es secundaria pero genera ingresos superiores al SMI, acabarás en una situación de pluriactividad, con un contrato por cuenta ajena y pagando a la vez tu cuota de autónomos.

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10 años 1 semana antes - 10 años 1 semana antes #151031 por hipotk
Respuesta de hipotk sobre el tema Paro El Pago único o la Capitalización del Desempleo
Hola chico29 :)

No te puedes dar de alta en la Seguridad Social sin pagar autónomos. Lo que te dice esa información que has encontrado es que te puedes dar de alta en Hacienda (no en la SS) si tus ingresos son inferiores al SMI, pero sin que exista una norma escrita sobre esto. Lo único que hay es un poco de jurisprudencia sobre ello. Lo que sí sé es que si te das de alta en Hacienda tarde o temprano (cuando se crucen los datos con la SS) te van a pedir todo el tiempo que no has cotizado a autónomos más un 20% de recargo. Si que evitas la sanción de Hacienda pero no la sanción de la Seguridad Social ya que son dos administraciones distintas que no tienen nada que ver.

Es decir, que aunque exista esa posibilidad (ya que hay jurisprudencia sobre ello) eso no te quita que si te quieren sancionar lo hagan, aunque luego (después de contratar un abogado) puedas recurrir esa sanción y te la puedan quitar. Vamos que todo es más complicado de lo que parece.

¿Por qué no presentas un escrito a la Seguridad Social que sea vinculante sobre tu caso y que te digan que deberías hacer en caso de querer ejercer esa actividad de manera legal?

Saludos ;)

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