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Pregunta TUTO: Como regularizar en la declaracion de la renta del 2017 las cantidades pagadas de más por la clausula suelo

6 años 2 semanas antes #181622 por neon26

bulieh escribió: Tenía una duda, si aún no he cobrado lo que me devuelven pero me lo tienen que devolver este mes de abril tengo que hacer la declaración con lo devuelto este año o el que viene porque ya he confirmado mi borrador.
Gracias


Este año se presenta la declaración del año 2017 , cuando te lo pagan? este año no? pues por tanto tu tendrás que rendir cuentas el año que viene que es cuando se rinde cuentas con hacienda lo que hayas hecho en el 2018 ;)

Salu2

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6 años 2 semanas antes #181623 por neon26

jvicheto escribió: Buenos días.

En primer lugar, gracias por las explicaciones de cómo introducir la devolución de la cláusula suelo en la declaración de la renta 2017.

En segundo lugar, quisiera preguntar una duda que ya he visto que algún otro miembro del foro plantea, pero que no he visto una respuesta clara al respecto:

El banco devuelve por diferencia de intereses las siguientes cantidades:

2011: 5000€
2012: 5000€
2013: 5000€
2014: 5000€
2015: 5000€

Total: 25000€, de los cuales:

20000€ son en metálico.
5000€ como reducción del tipo de interés.

La duda está en cómo aplicar los 5000€ de reducción del tipo de interés.

Entiendo que las cantidades devueltas anteriores a 2013 no se deben considerar, por estar dichos periodos prescritos, pero también entiendo que existen 2 posibilidades y que solamente una debe ser correcta:

-1-
Declaro los ejercicios 2013, 2015 y 2015, por un total devuelto de 15000€ restándole los 5000€ de medida compensatoria de reducción del tipo de interés. Por tanto declaro un total de 10000€, que al 15% resulta una cuota por este concepto de 1500€.

-2-
Declaro los ejercicios 2013, 2015 y 2015, por un total devuelto de 15000€, restándole la parte proporcional de los 5000€ de medida compensatoria, después de haber prorrateado dichos 5000€ entre los ejercicios afectados que son 5 (de 2011 a 2015), correspondiendo por tanto 1000€ por ejercicio y puesto que solamente debo declarar de 2013 a 2015, declararé 4000€ por ejercicio, siendo en total (5000€-1000€) x 3 = 16000€, los cuales al 15% corresponde una cuota de 2400€.

El banco no indica en que periodo se debe minorar la medida compensatoria de reducción del tipo de interés y por tanto tengo mis dudas de cómo declarar dichos conceptos en la renta 2017. Como vés es muy importante y relevante elegir el criterio correcto.

Muchas gracias de antemano por vuestros consejos.



Lo que te están pagando por reducción del tipo de interés no lo tienes que declarar, por tanto la opción 1 que has dado , es la buena ;)

Salu2
El siguiente usuario dijo gracias: jvicheto

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6 años 2 semanas antes #181627 por bulieh
Gracias por tu respuesta, eso sería lo lógico pero leí en la página de hacienda que si te lo pagaban antes de abril tenías que declararlo con la de este año. Fue lo que se publicó para la renta del 2016.

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6 años 2 semanas antes #181628 por neon26

bulieh escribió: Gracias por tu respuesta, eso sería lo lógico pero leí en la página de hacienda que si te lo pagaban antes de abril tenías que declararlo con la de este año. Fue lo que se publicó para la renta del 2016.


Eso fue el año pasado, y la verdad no se porque eso lo pusieron así.
Se rinde cuentas con hacienda a año pasado, con lo cual es la lógica y es lo que debería de ser,

Si quieres estar más seguro.

Llama a hacienda
El numero de teléfono es 91 554 87 70

Ahí te ayudarán, además hazlo cuanto antes, porque dentro de poco ese teléfono se colapsará.


Ya nos cuentas ;)

Salu2

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6 años 2 semanas antes #181630 por locasita

locasita escribió: Hola.

Mi deducción para el 2017 estatal corresponde a un 7,50% y autonómica un 9%........ entonces qué cantidades tengo que poner en las casillas 539 y 542? debería hacer los cálculos diferentes a los indicados en el tutorial, no?

O sea, calcular en relación a estos porcentajes para cada casilla, no? Soy de Cataluña.



Hola a todos. Me respondo a mí misma y MUCHO OJO para todos.

He llamado a la Agencia Tributaria y me han indicado que tengo razón, tengo que regular la devolución de la cláusula suelo en relación a los porcentajes de deducción estatal y autonómico que me deduje en la declaración de 2013. En mi caso, 7,5 en la casilla estatal y un 9 en la casilla autonómica (Catalunya en mi caso).

Por tanto, hay que tenerlo muy en cuenta y si es vuestro caso modificarlo!

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6 años 2 semanas antes #181631 por jomarisar
Hola, creo que he leido todas las respuestas y por ello hago mi consulta. Disculparme si ya tiene alguna respuesta similar y no la he visto. Pues es lo siguiente :
- Junio de 2013 > interpuse reclamacion via Judicial
- Mayo de 2014 > Por decisión unilateral del banco me quita la clausula suelo a partir de dicho
mes, es decir, casi un año después de haber puesto la denuncia en los juzgados.
- Junio de 2015 > En sesion Judicial mi abogado llega a a acuerdo con el banco y acuerdan la devolución del importe pagado de mas hasta la fecha.

Es decir, me realizaron el abono desde la aplicacion de la sentencia del supremo del 09 de Mayo/2013 hasta Mayo de 2014 que es cuando el banco deja sin efecto la clausula suelo.

Segun tengo entendido, deberia haber incluido esta devolución del banco en la declaracion de 2016 pero no tuve constancia y no fue incluida.
Y ahora que ya he explicado los antecedentes de mi caso particular, mis preguntas son:
1. ¿ Puedo o debo incluir las cantidades pagadas demás en el ejercicio de 2017?
2. ¿ Cual es la cantidad a la que tengo que hacer el 15%?
a) ¿ A lo que me devolvió el banco por los 12 meses de aplicación indebida de cláusula suelo?
b) ¿A la suma de las cantidades pagadas de mas en esos 12 meses?

En teoria "a" y "b" es lo mismo, ¿correcto? Lo único que puede variar es una pequeña cantidad en los intereses de demora que pudiera haber aplicado la entidad bancaria.

Gracias por vuestra ayuda! Un gran saludo a tod@s y a seguir reclamando lo nuestro!

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