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Pregunta Urgente!! Asesoramiento Laboral

4 años 7 meses antes - 4 años 7 meses antes #184462 por gorrion
Urgente!! Asesoramiento Laboral Publicado por gorrion
Buenas tardes. A ver si alguien está puesto en Asesoramiento Laboral.
Mi mujer tiene reducción laboral ya que tenemos dos niños (4 y 1 año de edad). Ella trabaja en un concesionario de automóviles y le han comunicado verbalmente que le van a modificar el horario. Mis dudas son:
- Pueden modificarlo sin su consentimiento??
- Tengo por entendido que la reducción por maternidad puede ser del 12'5 a 50% de la jornada laboral completa, si en su día se acordó el 30%, podrían modificarla al 12'5% que es el mínimo establecido sin su consentimiento??
Si hubiera más de dos con la reducción laboral se que se puede limitar pero nose si para las futuras reducciones o si se pueden modificar las ya existentes.
Agradecería enormemente vuestra ayuda.
Un cordial saludo.

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4 años 7 meses antes #184463 por neon26
Respuesta de neon26 sobre el tema Urgente!! Asesoramiento Laboral

gorrion escribió: Buenas tardes. A ver si alguien está puesto en Asesoramiento Laboral.
Mi mujer tiene reducción laboral ya que tenemos dos niños (4 y 1 año de edad). Ella trabaja en un concesionario de automóviles y le han comunicado verbalmente que le van a modificar el horario. Mis dudas son:
- Pueden modificarlo sin su consentimiento??
- Tengo por entendido que la reducción por maternidad puede ser del 12'5 a 50% de la jornada laboral completa, si en su día se acordó el 30%, podrían modificarla al 12'5% que es el mínimo establecido sin su consentimiento??
Si hubiera más de dos con la reducción laboral se que se puede limitar pero nose si para las futuras reducciones o si se pueden modificar las ya existentes.
Agradecería enormemente vuestra ayuda.
Un cordial saludo.


Hemos encontrado esto, a ver si os ayuda:

el ejercicio del derecho a conciliar corresponde al trabajador, y él que tiene a su cuidado a un menor es la indicada para decidir qué horario le es más apropiado para conciliar ambos perfiles. Pero debe tenerse en cuenta que el ejercicio se debe ejercitar “siempre conforme a las exigencias derivadas del principio de buena fe” y “su ejercicio será abusivo o contrario a tales exigencias (…) cuando concurra, dadas las circunstancias que concurran en cada caso, un grave perjuicio para la subsistencia de la empresa o afecte gravemente la producción o exista la posibilidad de satisfacer el derecho del trabajador en otro horario compatible con el proceso productivo de la empresa”.2

www.laboral-social.com/cuestiones-practi...duccion-jornada.html

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4 años 7 meses antes #184493 por Joser8
Respuesta de Joser8 sobre el tema Urgente!! Asesoramiento Laboral
Sentencia SOCIAL Nº 661/2017, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 245/2016, 24-07-2017. La reducción de la jornada por cuidado de menor opera sobre la jornada ordinaria del trabajador. Si esta es partida, su conversión en jornada continuada deberá ampararse en el apdo. 8, art. 34 ET, por lo que es ajustada a derecho la cláusula convencional que otorga a la empresa la facultad de conceder el disfrute de la reducción en horario continuado atendiendo a sus necesidades organizativas.

Concreción horaria de la reducción de jornada por guarda legal y por motivos familiares. Sentencia Social Nº 49/2015, AN, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 16/2015, 23-03-2015. El derecho a la reducción de jornada no comporta, con base al redactado del art 37.5 ;ET, que dicha reducción deba ejercerse necesariamente dentro de los márgenes de jornada diaria de trabajo, sino que en aplicación del precepto del convenio que lo regula, al que remite el art.37.6 del ETcorresponde al trabajador dentro de su jornada ordinaria.

Sentencia Constitucional Nº 3/2007, TC, Sala Primera, Rec Recurso de amparo 6715-2003, 15-01-2007. Ha de realizarse judicialmente una valoración de las circunstancias concretas antes de negar al trabajador la reducción de jornada solicitada por guarda legal.

Sentencia SOCIAL Nº 2505/2017, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 16/2017, 13-04-2017. Se aprecia una diferencia de trato injustificada a la trabajadora, al habérsele denegado la reducción con la concreción horaria pretendida en relación con otros compañeros en misma situación.

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