sherifchucho escribió: Buenas tardes, necesito ayuda de algún experto. Que me pueda decir si los vecinos pueden dejar de pagar la Comunidad, porque su presidente no haya hecho la reunión anual del portal. Gracias
La cuota siempre se ha de pagar , la última pactada en la última reunión da igual si la reunión fue hace 11 años como si fue hace un año.
Bajo ningún concepto se debe dejar de pagar la comunidad de vecinos porque puede que les pases estas dos cosas
-Ser reclamado/a judicial o extrajudicialmente para cumplir con nuestras obligaciones recogidas en la ley
-No poder votar en las sucesivas juntas de propietarios
El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal aclara que todo propietario/a tiene la obligación de contribuir a los gastos generales para, de este modo, asegurar el sostenimiento del inmueble o finca. Lo que se deje de pagar, se ha de abonar entre el resto de propietarios/as,
Pero claro, quien deje de pagar, que piense que puede pasar esas dos cosas...
Si como vecinos morosos no atendemos a los avisos amistosos que nos hacen llegar desde la administración de la finca, estaremos empujando la disputa a la vía judicial. Llegados a este punto, las consecuencias de qué pasa si no pago la comunidad de vecinos pasan por la presentación de las pruebas pertinentes y la decisión del juez.
Éste obligará al deudor moroso a solventar la cuantía a deber con la comunidad en un plazo de 20 días. Si no paga, la comunidad a buen seguro iniciará un proceso ordinario de reclamación de dicha deuda. Para que ello ocurra, la deuda tiene que estar vencida y liquidada, y la administración de la comunidad presentará las facturas y documentos que acrediten el motivo de la controversia.
Si el juez ve legítima la reclamación de la comunidad, procederá a reclamar al vecino moroso la devolución de la cuantía exacta a la que ascienda la deuda, pudiendo incluso embargarle cuenta y bienes hasta que dicha deuda quede saldada.
Salu2