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Pregunta reclamación cláusula suelo en hipoteca
Tengo un poco de lío en este momento. Os cuento:
He enviado la reclamación al DC con fecha 13/02/2013 indicando que no he recibido contestación alguna a la reclamación que puse en Att Cliente con fecha 28/11/12 (en principio, todo OK).
Sin embargo, me puse en contacto con mi oficina para saber si tenían alguna notificación y me comentaron que desde Att Cliente les confirman que nos enviaron la respuesta a nuestra reclamación el 12/12/12 a la dirección fiscal que teníamos: cosa que no es cierta, ya que no hemos recibido nada, como ya os he comentado. Y nos dicen que ellos no tienen obligación de certificar que nosotros hemos recibido esa respuesta, pero sí que pueden acreditar que la enviaron porque tienen la carta con la fecha de envío (con lo que no estoy de acuerdo en absoluto, pero bueno.....).
En mi oficina me dijeron que me iban a enviar una copia de un correo electrónico en el que se refleja lo que dice la respuesta del Dpto de Att Cliente a nuestra reclamación. Pues bien, hoy he recibido esa carta y, entre otras cosas, dice lo siguiente:
- "Las cláusulas que limitan la variación del tipo de interés son legales".
- "A la vista de la documentación que obra en nuestro poder, las condiciones financieras del citado préstamo fueron expresamente aceptadas por ud el 30/09/2005, fecha en la que se formalizó la escritura del préstamo hipotecario, ante Notario".
- "Referente a la Of Vinculante del préstamo hipotecario, quisiera aclararle que, en su caso, no es obligatorio por Ley emitirla, al ser el préstamo hipotecario superior a 150000€, aunque el banco la emitió".
- "Además de lo dicho, en la escritura citada de 30/09/2005, en el apartado de Declaración Específica, dice: la parte prestataria declara haber tenido a su disposición el texto íntegro de las condiciones del préstamo, con antelación suficiente a la celebración del contrato y que conoce con toda claridad el significado y alcance de las mismas".
- "Referente al tema de los avalistas, figuran en la escritura firmada ante notario, avalando durante toda la vida del préstamo, y del mismo modo en la Of Vinculante".
Por todo esto, nos comunican que no pueden acceder a nuestra petición ya que, "en opinión de este servicio, la cláusula objeto de reclamación es perfectamente válida".
Pues bien, después de explicaros detallada y cronológicamente en qué situación nos encontramos, mi pregunta es la siguiente: ¿Tengo que volver a hacer una reclamación al DC, indicando que he recibido una respuesta negativa por parte del servicio de Att Cliente con la que no estoy conforme? o, por el contrario, ¿es válida la reclamación que he entregado con fecha 13/02/13, antes de saber que (según Att Cliente) tenía una contestación y su contenido?
No sé si entenderéis todo con este jaleo de datos que os adjunto. Si necesitáis alguna aclaración, decídmelo. Espero vuestra respuesta.
Como siempre, muchas gracias.
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- escorpionalmeria
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Todo entendido.
Si, desde el Servicio Atención al Cliente, hubiesen accedido, pues, otro gallo cantaría, pero cómo han dicho tururu, hemos hecho requetebien enviando cómo hicimos al DC .
De verdad, bien hecho por tú parte.
Ahora,
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Es que no me ha quedado claro.
Gracias.
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No debemod hacer mas ahora, tan sólo, esperar respuesta.
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Os escribo para deciros que ya he tenido contestación de parte del DC, haciendo caso omiso a mi reclamación. El siguiente paso, sería reclamar al Banco de España, ¿no? ¿Cómo tengo q hacerlo, enviando el mismo escrito, tengo que adjuntar algo más?
Muchas gracias.
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Bueno debes hacer una carta de reclamación para el Banco de España la cual ya tienes hecha porque es la misma que enviaste al Sac o DC y tan solo has de cambiar dos cosas.
Una es que ahora ya no la diriges a ninguno de los dos departamentos anteriores por tanto ahora debes poner a la att del Servicio de Reclamaciones del Banco de España
Dos, debes poner un pequeño texto al principio de la carta que diga que no estas de acuerdo con ninguna de las respuesta que te haya podido dar alguno de los dos departamentos que te haya contestado
Una vez hecha esa carta, se ha de cumplimentar un formulario y hacer fotocopia de todo lo que pone aquí.
Tanto formulario como todo lo que debes enviar al BDE esta en este link
www.josportal.com/foros/problema-con-mi-...es-2010#.UBll4rT0iSo
Todo ello lo puedes enviar por bmailcertificado (equivalente al burofax de correos pero mucho más barata y cómodo)ojo tiene que ser por bmailcertificado para envios al banco de España registraros a través de este link
www.josportal.com/foros/general-comunica...ficados#.UHGSvk2pA6x
Y aquí os explicamos como funciona el bmail certificado
www.josportal.com/foros/general-comunica...maicertificado#41648
Cualquier pregunta o duda aquí nos tienes.
Saludos
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