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Importante Quien puede pedir la retroactividad de todo lo cobrado de más?

7 años 3 meses antes #168190 por neon26

lgonati escribió: Habrá que esperar a ver qué pasa...

"La Ser" ha publicado esto, esta misma mañana:

cadenaser.com/ser/2016/12/29/economia/14...14092012-Ser-rs-1-Fb



No están obligados los bancos a adherirse a este codigo de buenas practicas con lo cual me suena que es lo mismo que si reclamas al Banco de España.

El Banco de España te da la razón pero como el banco no está obligado a hacer caso al Banco de España... sabes que pasa al final no?

Que tienes que demandar si o si después de haber perdido un año esperando la respuesta del Banco de España.

Un año perdido para nada.

Salu2
El siguiente usuario dijo gracias: lgonati

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7 años 3 meses antes #168238 por Juanilo
Buenos días.
Imagino que estarán hasta arriba, por lo que reitero mi pregunta formulada hace 10 días ya que no he obtenido respuesta:
No sé si estoy en algún grupo de los que ha mencionado. Creo que en el de los que no tienen sentencia firme; vamos, no tengo ningún tipo de sentencia. Tengo fecha para el juicio (en el Mercantil de Granada) en octubre del 17, y en la audiencia previa que tuve en septiembre de 2015, mi abogada solicitó la retroactividad desde mayo de 2013 para no contradecir al Supremo (o algo así dijo), que era lo fallado hasta ese momento; pero no recuerdo si dijo algo sobre la posibilidad de acogerse a posibles condiciones más favorables, como la que se presenta ahora tras el fallo del Tribunal de la UE. La pregunta, vamos, ¿obliga lo solicitado en la audiencia previa, o cabe la posibilidad de que se me aplique la retroacividad desde que empezó a operar la dichosa cláusula?

Deseándoles un muy feliz año con cláusula anulada y dineros devueltos, reciban un cordial saludo.

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7 años 3 meses antes #168239 por Juanilo
¿Y en el caso de las entidades intervenidas por el Estado, como es el caso de BMN? Entiendo yo que en tanto que entidades "públicas", deberán aplicar el código de buenas prácticas.

Un saludo

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7 años 3 meses antes #168240 por neon26

Juanilo escribió: ¿Y en el caso de las entidades intervenidas por el Estado, como es el caso de BMN? Entiendo yo que en tanto que entidades "públicas", deberán aplicar el código de buenas prácticas.

Un saludo


Podría ser, pero yo no me haría muchas ilusiones.

Veremos a ver que pasa.

Salu2

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7 años 3 meses antes #168241 por neon26

Juanilo escribió: Buenos días.
Imagino que estarán hasta arriba, por lo que reitero mi pregunta formulada hace 10 días ya que no he obtenido respuesta:
No sé si estoy en algún grupo de los que ha mencionado. Creo que en el de los que no tienen sentencia firme; vamos, no tengo ningún tipo de sentencia. Tengo fecha para el juicio (en el Mercantil de Granada) en octubre del 17, y en la audiencia previa que tuve en septiembre de 2015, mi abogada solicitó la retroactividad desde mayo de 2013 para no contradecir al Supremo (o algo así dijo), que era lo fallado hasta ese momento; pero no recuerdo si dijo algo sobre la posibilidad de acogerse a posibles condiciones más favorables, como la que se presenta ahora tras el fallo del Tribunal de la UE. La pregunta, vamos, ¿obliga lo solicitado en la audiencia previa, o cabe la posibilidad de que se me aplique la retroacividad desde que empezó a operar la dichosa cláusula?

Deseándoles un muy feliz año con cláusula anulada y dineros devueltos, reciban un cordial saludo.



Puede que el Juez te aplique la ultima sentencia del TJUE sin que vosotros se lo hayais pedido.

Es muy posible que pase eso.

Salu2
El siguiente usuario dijo gracias: Juanilo

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7 años 3 meses antes #168282 por Randy_Olot
Buenos días.
Tengo la hipoteca de 2011 con Banco Popular. Entregué la carta tipo hace unos años, para anular la clausula, a lo que me respondieron por burofax que no me la quitaban por estar muy claro que se me aplicaba.
Esperando mejor momento, dejé el tema en suspenso y no llegué a demandar, pero en enero de 2016 Banco Popular me quitó voluntariamente el suelo, con la promesa verbal del director de mi oficina, que en pocos meses me devolverían las cantidades hasta 2013... no he visto ni un céntimo y aquel director se ha jubilado...aún no conozco al nuevo.
Dado que esta nueva carta tipo no veo que se adapte a mi caso ¿cómo debo actuar?
Estoy de baja por intervención quirúrgica y aún me quedan unos meses para poder volver a mi trabajo, mi esposa enferma y, desde el 1 de enero sin trabajo por un despido objetivo por causa sobrevenida (la liquidación se ha ido en tapar temas), por lo que me he visto en la necesidad de pedir que me pasen cuotas a la cola, pero no puedo pedir más de dos anuales y no correlativas... la de diciembre ya me la aplicaron y voy a pedir otra para febrero.
¿Hay alguna salida más o menos rápida para mi caso?

Gracias de antemano por la respuesta.

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