- Mensajes: 27086
- Gracias recibidas: 3282
Suscribirse para ayudarnos al pago del servidor desde 1€/mes Nos seria de gran ayuda en estos momentos críticos y, a vosotros (quien pueda) 1€ no os supone mucho Si al final sois muchos nos, podremos mantener Online GRACIAS
ESTA WEB NECESITA DE TU AYUDA ECONOMICA PARA SEGUIR ONLINE. DESDE 1€ NOS PUEDES AYUDAR (21 Ene 2020)
¡¡ ATENCIÓN !!
ESTA WEB SE MANTENIEN GRACIAS A LAS DONACIONES DE NUESTROS USUARIOS QUE DESDE 1€ APORTAN SU GRANITO DE ARENA.
SI TODAVÍA NO NOS APOYAS, ES EL MOMENTO.
NOS AYUDARÁ A MANTENERNOS ONLINE Y ASÍ SEGUIR AYUDANDOTE CUANDO LO NECESITES
Te Decimos paso por paso como Reclamar y también te ayudaremos a entenderla
.
Pregunta se puede reclamar con acuerdo firmado de renuncia?
Salu2 y ya nos contais, cada uno en un tema diferente please
Gracias
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- neon26
- [neon26]
- Fuera de línea
- Administrador
-Caso 1: para el banco es + facil decir que tras "novación" (cualquier novación sin relación con suelo, y quizás con mas razón desde su punto de vista en las que se haya firmado bajada, o retirada del suelo), hubo negociación a partir de la cual conocíamos y "estábamos por lo tanto conformes" con ese suelo, COSA QUE DEBEN PROBAR Y EN LA MAYORIA DE CASOS ES FALSO YA QUE DA IGUAL LA FECHA O VECES QUE SE FIRME, LA CLAUSULA ES POCO TRANSPARENTE, y nadie firmo bajada por estar conforme sino porque se daba cuenta en este momento y se negaban a quitarla. Además la clausula original que sigue vigente en escritura no deja de ser nula y el origen, y todo lo posterior consecuencia de esta. Salvo que en alguna novación se haya cambiado la forma en la que está redactada esa clausula haciendola transparente.
Caso 2: Aunque pueda parecer raro, en el caso de haber firmado que se quitaba y aunque en ese acuerdo se dijera que se estaba conforme explícitamente y que no se a iba a reclamar nada mas al respecto, el banco ya no puede decir que a partir de ahí se estaba informado ya que a partir de ahí de hecho ya no había suelo que reclamar.
Eso en cuanto a reclamar cantidades posteriores a la firma de cualquier contrato privado o novación con el banco, y otra cosa sería en ambos casos la reclamación de las cantidades anteriores a esa firma que en:
-Caso 1: mas dificil aún para el banco denegarlo ya que no hay siquiera nada firmado y la clausula es nula.
-Caso 2: aunque el cliente sigue teniendo derecho a reclamar porque no pueden quitarle ese derecho, podría ser + dificil sostener judicialmente que habiendo firmado eso quieras ahora las cantidades anteriores.
En mi caso y creo que en el de la mayoría que firmamos rebaja, en ese contrato privado que ellos llaman novación se indica cláramente que únicamente y exclusivamente se cambia el % del suelo. Por lo tanto, no su redacción que sigue siendo poco transparente. Y en el mismo contrato privado, lo único que se indica además de eso es que el resto permanece inalterado según figura en escritura. La famosa clausula x lo tanto sigue diciendo "aunque el valor del indice referencia sea inferior a x%, este valor, adicionado con los puntos porcentuales, determinará el tipo de interés vigente" y bla, bla, bla...y además, todo es consecuencia de la clausula origen de escritura en todo caso, y esta es nula.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- marifire
- [marifire]
- Fuera de línea
- Navegador Junior
- Mensajes: 12
- Gracias recibidas: 1
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- neon26
- [neon26]
- Fuera de línea
- Administrador
- Mensajes: 27086
- Gracias recibidas: 3282
Además, creo que no merece la pena entrar en esos detalles de modificaciones posteriores, cuando los bancos en este caso parecen tener el problema en origen, tal y como decía samytriana y otros foreros que le aconsejaron reclamar a pesar de tener firmada renuncia, y que por cierto le han aceptado devolución. Este párrafo parece lo suficientemente consistente para todos los que hayamos firmado alguna modificación o novación posterior, siempre que no se cambiase la forma en la que estaba redactada la CS y x eso creo que también nos quitaron la CS en 2013:
"La Sentencia del Tribunal Europeo obliga a devolver todo el dinero por las cláusulas suelo porque si estas son nulas, lo son desde el principio, una cláusula que es nula no puede convalidarse o rehabilitarse con un pacto posterior entre cliente y banco. La cláusula es nula y seguirá siendo nula a pesar del acuerdo. Así se desprende de los establecido en los Artículos 1.208, 1.256 y 1.310 del Código Civil que señalan que las modificaciones en un contrato son nulas si es nulo el contrato primitivo."
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- marifire
- [marifire]
- Fuera de línea
- Navegador Junior
- Mensajes: 12
- Gracias recibidas: 1
Se puede decir más alto pero no más claro.
Ya nos cuentas compañero.
Salu2
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- neon26
- [neon26]
- Fuera de línea
- Administrador
- Mensajes: 27086
- Gracias recibidas: 3282
Despues de ver que a dos usuarios le han respondido a favor y despues se lo han denegado, pregunto si una vez pasado el dia 21 me pueden responder en negativo cuando ya me repondieron en positivo. Lo digo por que tenian hasta el 21 para responder las reclamaciones.
Saludos
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- samytriana
- [samytriana]
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Navegador Senior
- Mensajes: 39
- Gracias recibidas: 1