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Amado BBVA me devuelve 644 euros de gastos constitución hipoteca
El BBVA me ha contestado y me devuelven algunos gastos!! Dicen que son 644,42 euros (gracias a la carta tipo de este foro y a todas las facturas y justificantes que adjunté a la misma).
Según mis facturas y justificantes, mis gastos de constitución hipoteca son:
NOTARIA: 622,35 euros.
HACIENDA: 2.992,50 euros.
REGISTRO: 212,19 euros.
OTROS PAGOS: 54,09 euros.
GESTIÓN: 313,72 euros.
Pero no estoy conforme con los gastos que BBVA ha tenido en cuenta para el cálculo de esta cantidad según leo más cosas por aquí en los temas de este gran foro.
¿Debo reclamar ahora al Defensor del Cliente del BBVA, ya que no estoy conforme con solo esos 644,42 euros que dicen que me tienen que devolver? Os escribo la carta que he recibido:
Referencia xxxx
Estimado cliente:
Nos dirigimos a usted con relación al escrito que envió a esta entidad sobre la cláusula de gastos del préstamo hipotecario nº xxxxxxxxxxxxxxxxx
A este respecto, nos complace comunicarle que esta entidad, una vez analizado su caso concreto, ha atendido su solicitud, cuantificando la posible controversia sobre la aplicación de la citada cláusula en la cantidad global de 644, 42 euros.
Para cuantificar la aplicación de la citada cláusula únicamente se han tenido en cuenta:
- Los gastos por usted abonados al Registro de la Propiedad por la inscripción de la Hipoteca.
- Los gastos de las copias emitidas por el Notario para el banco.
No se han tenido en consideración:
- Los gastos de las copias emitidas por el Notario para usted.
- Los gastos de la compraventa en tanto se trata de un negocio jurídico ajeno al banco.
- El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que de conformidad con el Reglamento del Impuesto corresponde al prestatario (cliente), tal y como ha confirmado el Tribunal Constitucional y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (nota 1).
(1) Artículo 68 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: “Contribuyente. Será sujeto pasivo el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan. Cuando se trate de escrituras de constitución de préstamo con garantía se considerará adquirente al prestatario”
Tribunal Supremo, entre otras Sentencia de 19 de noviembre de 2001 y Sentencia de 20 de junio de 2006.
Tribunal Constitucional, Auto de 18 de enero de 2005.
En el caso de que estuviera conforme con esta cuantificación, será precisa la suscripción del documento que se adjunta a la presente, con anterioridad al abono de la reseñada cantidad en su cuenta corriente, en prueba de dicha conformidad. Puede hacernos llegar este documento
debidamente firmando al Servicio de Atención al Cliente del Grupo BBVA, apartado de correos... (etc).
Quedamos a la espera de su respuesta, a los efectos de abonar el señalado acuerdo.
Atentamente.
Espero que esta carta sirva de guía para otros casos como el mío. Quedo a la espera de alguna ayuda para saber qué hacer y seguir dando caña como ejemplo para animar a otros. Un saludo a todos y muchísimas gracias por vuestra labor.
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la sentencia 705/2015 de 23 de diciembre del Tribunal Supremo declara abusiva la cláusula en la que el BBVA impone al prestatario el pago de todos los gastos, tributos y comisiones derivados del préstamo hipotecario
Y que dice:
Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación -incluyendo división, segregación o cualquier cambio que suponga alteración de la garantía- y ejecución de este contrato, y por los pagos y reintegros derivados del mismo, así como por la constitución, conservación y cancelación de su garantía, siendo igualmente a su cargo las primas y demás gastos correspondientes al seguro de daños, que la parte prestataria se obliga a tener vigente.
Y le puede decir al defensor del cliente que se dejen de tonterías y que acepten a devolver todo lo que le corresponde a usted que es todo .
Le adjuntas primera carta que enviaste, respuesta y por supuesto ese otro escrito en el cual debe poner lo que te puesto.
y todo ello lo puedes enviar de dos formas
Rafael García-Valdecasas Fernández
Por carta
Apartado de Correos 14460
28080 Madrid
Por email
email: defensordelcliente@bbva.com
Una cosa más, que es lo que te dieron para firmar y aceptar ese pago? ponía algo de que no podrías volver a reclamar por lo mismo más adelante?
Salu2 y ya nos cuentas
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- neon26
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Respondo a tu primera pregunta:qué es lo que me dieron para firmar y aceptar ese pago.
Me adjuntaron una carta tipo para rellenar la fecha, firma, nombre, apellidos y NIF en la que dice que aceptaría tal cantidad como acuerdo con BBVA en relación a mi reclamación y que,cito, "de común acuerdo las partes hemos cuantificado la aplicación de la citada cláusula, por todos los conceptos".
Y la respuesta a tu segunda pregunta sobre si ponía algo de que no podría volver a reclamar por lo mismo más adelante: así es, la carta se cierra con el siguiente párrafo "...con la percepción de dicha cantidad, nos damos por satisfecho, renunciando a ejercitar cualquier tipo de acción, judicial o extrajudicial sobre la cuestión, no teniendo en consecuencia nada más que pedir ni reclamar".
A la carga voy!! Os informaré de la respuesta del defensor del cliente de BBVA.
Saludos!
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Tiene guasa lo de "de común acuerdo las partes hemos cuantificado la aplicación de la citada cláusula, por todos los conceptos". Si fuese de común acuerdo creo que habrías acordado la devolución de todo ¿no?
Bueno, ya nos dirás que te dice el Defensor del Cliente.
Saludos
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El 11 de abril envié mi reclamación ya al Defensor del Cliente de BBVA (DC) una vez que el 24 de febrero ya me había contestado el Servicio de Atención al Cliente (SAC) de manera insatisfactoria respecto a la devolución de los gastos de constitución-hipoteca.
Pues justo ayer, 9 de mayo, recibo de nuevo respuesta, pero no por parte del DC como era esperado, sino que de nuevo me vuelve a escribir el SAC!! Y simplemente me asigna un nuevo número de referencia a mi reclamación. ACLARO QUE EN EL MISMO SOBRE LE ENVIÉ AL DC LAS DOS CARTAS DE RECLAMACIÓN QUE HICE AL SAC: LOS GASTOS DE CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA Y LO COBRADO DE MÁS POR LA CLÁUSULA SUELO.
El SAC nunca me ha contestado en relación a lo cobrado de más por la cláusula suelo. Sólo lo ha hecho para decirme que me devolverían los 644 euros de los gastos de constitución-hipoteca con lo que inicié este tema en el foro.
¿Espero a la respuesta del DC a ambas reclamaciones enviadas juntas en el mismo sobre? Aún dentro de plazo para que me responda el DC, ¿verdad? ¿O debo pasar ya a reclamar al Banco de España?
Esta es la segunda respuesta del SAC:
Referencia: nueva xxxxxx
Estimado cliente:
Tenemos el gusto de dirigirnos a Ud. en relación al escrito que ha hecho llegar a nuestra Entidad. La reclamación ha quedado registrada con el número que aparece en el encabezado de este escrito, por lo que le rogamos cite dicha referencia para cualquier consulta relacionada con este tema.
Le comunicamos que estamos realizando las gestiones necesarias para resolver la cuestión que ha planteado y facilitarle una respuesta a la mayor brevedad posible.
Atentamente,
BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA
Servicio de Atención al Cliente
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- nacho1898
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Sí, debes de esperar la respuesta del DC a las reclamaciones puesto que sólo hace un mes que las presentates y por lo tanto todavía están dentro de plazo. Ya nos dirás que te dice el DC.
Saludos
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