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Pregunta Mi hipoteca es antigua, ¿Puedo reclamar los gastos de constitución de hipoteca después de la sentencia del TJUE?¿Prescribe?

3 años 8 meses antes #185755 por neon26
Una pregunta que se hacen mucho sobre la devolucón de gastos de hipoteca.

Mi hipoteca es antigua, ¿Puedo reclamar los gastos de constitución de hipoteca después de la sentencia del TJUE?¿Prescribe?

Muchos se hacen esta pregunta , al ser su hipoteca de 2004 anteriores incluso.

Pues bien, vamos a tratar de responder

Explicación y conclusión después de la explicación.

Dando por buena la primera interpretación, que los gastos constitución o cancelación de la hipoteca deben devolverse cuando establece la existencia de cláusulas abusivas, pueden reclamar todas las personas que hayan firmado una hipoteca antes de la entrada en vigor de la nueva ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (15 de marzo de 2019) y hayan tenido que asumir gastos hipotecarios salvo los que ya cuenten con una sentencia en firme sobre esta cuestión no podrán volver a los tribunales, pues se considera cosa juzgada.


Los plazos...

Puede haber más de una interpretación. Luxemburgo no establece tiempos pero sí advierte de que el hecho de que la legislación española (en el artículo 1964 del Código Civil) contemple la prescripción en un plazo de cinco años puede dificultar el ejercicio de los derechos del consumidor. Por eso, no se muestra contario al establecimiento de un plazo «siempre que ni el momento en que ese plazo comience a correr ni su duración imposibiliten en la práctica o dificulten excesivamente el ejercicio del derecho del consumidor a solicitar esa restitución». Esto deja abierta la posibilidad de que los cinco años comiencen a contar desde que la cláusula se declara abusiva y no desde la firma de la hipoteca.

Sin embargo, este plazo de cinco años tampoco ha sido compartido hasta ahora por todos los tribunales españoles y algunos han considerado que si la posibilidad de decretar la nulidad de la cláusula abusiva no prescribe tampoco debe de hacerlo la de solicitar la devolución de los gastos. Es decir, que no habría un plazo.



Conclusión.
Creemos que a partir de ahora, podrían reconsiderar muchos juzgados este ultimo punto, es decir, la posibilidad de decretar la nulidad por clausula abusiva y esta NO PRESCRIBE.

Como siempre habrá que ir viendo.

Así y todo, recomendamos reclamar si o si , por la vía extrajudicial ( ya sabeis coger carta tipo gratuita que estás AQUÏ )y luego si no se consigue nada, entonces nuestros abogados os pueden hacer un estudio de viabilidad y además están informados de lo que los jueces están diciendo sobre este tema.

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