Ultima Llamada!!!! Compartir que nadie se quede sin al menos poder luchar por su dinero
No hay un criterio unánime. De todos los plazos que barajan diferentes fuentes, el del 28 de diciembre es el más inmediato, el más restrictivo. En esta fecha —incluyendo la ampliación por la pandemia— se cumplen los cinco años que fijó la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para formular esta y otras reclamaciones, como, por ejemplo, las relacionadas con los intercambios de tipos de interés (swaps) hipotecarios.
Otras fuentes, caso del Ministerio de Consumo, barajan el 21 de enero de 2021 como fecha tope para reclamar. Empieza a contar los cinco años desde la sentencia del Supremo de enero de 2016 que declaraba abusiva la cláusula de atribución al comprador de los gastos en el préstamo hipotecario. También Consumo persigue que la banca no pueda alegar prescripción y los consumidores requieran a la banca para evitar ir a los juzgados.
La reclamación debe formularse ante el servicio de atención al cliente de la entidad financiera
Carta tipo para reclamar Gastos Constitución hipoteca
Si los hipotecados no reclaman antes del próximo 28 de diciembre la devolución de gastos que realizaron al firmar su préstamo corren el riesgo de perder la oportunidad de recuperarlos. Una sucesión de sentencias del Tribunal Supremo (TS), del de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y de diversas audiencias provinciales abren la puerta a demandar la devolución de lo pagado al considerar abusiva la cláusula que traslada al consumidor todos los gastos de la hipoteca de la vivienda, ya sea para uso propio o bien, de manera no profesional, para alquilar.