La banca tendrá que devolver los gastos de la tasación anteriores a la ley hipotecaria
El Tribunal Supremo zanja una nueva polémica.
La banca deberá devolver los gastos de tasación de todas aquellas hipotecas firmadas antes de la entrada en vigor de la
Ley de Contratos de Créditos Inmobiliarios
, en junio de 2019. La ley hipotecaria estipula que los gastos notariales vinculados a la firma de una hipoteca deben ser pagados por la banca, mientras que
el gasto de la tasación se atribuyen al cliente, de ahí que aquellos hipotecados que pueden reclamar son los que firmaron una hipoteca con el banco antes de la entrada en vigor de la ley y que tuvieron que asumir el coste de la tasación.
"El Tribunal Supremo resuelve que los
gastos de tasación, cuando no sea aplicable
la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario
,
incumben al banco y no al consumidor", ha comunicado hoy el alto tribunal. "Con esta sentencia
quedan resueltas por la Sala de lo Civil todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas que imponen a los consumidores los gastos de formalización del préstamo hipotecario". Y prosigue, "esta doctrina supone que
los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales. Solo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, en el que las normas tributarias establecen que el principal sujeto pasivo es el prestatario, corre a cargo de los consumidores", concluye el Tribunal Supremo en su comunicado. "Estábamos pendientes precisamente de que
se resolviera si los consumidores podrían recuperar los gastos de tasación y finalmente se resuelve que al igual que la gestoría, se podrán recuperar al 100%. Celebramos que por tanto que
el Supremo zanje por fin el reparto de los gastos y, esta vez sí, a favor de los consumidores que podrán recuperar el 100% de gestoría, notaría y tasación",
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