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Actualización
Modelo carta para solicitar Moratoria hipoteca y otros servicios después de Real Decreto 2/2021
Moratoria de las hipotecas 2021: El BOE publica el nuevo plazo para solicitarlas
También se prorroga la moratoria de créditos de consumo, que derivadas de préstamos o créditos al consumo, créditos asociados a tarjetas de pago, leasing, factoring o cualquier tipo de contrato de financiación
El
Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles 3 de febrero el real decreto ley aprobado el día 2 de Febrero en Consejo de Ministros que amplía la cobertura y prorroga el
plazo de solicitud de las moratorias financieras para paliar los efectos económicos del Covid-19.
La Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) se hizo eco de las perturbaciones generadas en toda Europa por la pandemia global, permitiendo a las entidades de crédito un tratamiento contable favorable de las moratorias otorgadas, de forma que se compaginara el interés público de
proteger a los afectados por la crisis con el mantenimiento de la estabilidad financiera.
Las directrices de la EBA establecían límites a los plazos, inicialmente fijado hasta el 30 de junio de 2020, y posteriormente ampliado hasta el 30 de septiembre. No obstante, la evolución de la pandemia ha motivado a la autoridad bancaria a abordar una nueva modificación.Con este real decreto ley, el Gobierno pretende adaptar el ordenamiento jurídico español a la nueva prórroga y
establecer el plazo ahora en el 30 de marzo de 2021. Además, se permite que las personas beneficiarias de cualquier moratoria, tanto legales como acogidas a un acuerdo sectorial, disfruten de las mismas por una
duración máxima acumulada de nueve meses.De este modo, los hogares, trabajadores autónomos vulnerables y empresas de los sectores de turismo y transporte podrán
aplazar hasta un total de nueve meses el pago del principal y los intereses de sus préstamos hipotecarios y de consumo.Asimismo, se extiende
hasta el 30 de marzo el plazo para solicitar moratorias. Las moratorias ya concedidas no se verán alteradas, si bien quienes se hayan beneficiado de un aplazamiento anterior podrán
solicitar uno adicional por un periodo máximo acumulado entre ambos de nueve meses.
La moratoria de créditos hipotecarios podrá solicitarla quienes estén pagando
cuotas hipotecarias por la adquisición de su vivienda habitual, local en el que desarrollan su negocio o vivienda destinada al alquiler en la que hayan dejado de percibir cuotas de su inquilino debido al estado de alarma.De su lado, la moratoria de créditos al consumo permite la
suspensión temporal de las obligaciones derivadas de préstamos o créditos al consumo, créditos asociados a tarjetas de pago, leasing, factoring o cualquier tipo de contrato de financiación con cuotas o liquidaciones periódicas al que esté haciendo frente cualquier consumidor o autónomo que se encuentre en situación de vulnerabilidad.Para considerar que una persona o autónomo se encuentra en
situación de vulnerabilidad, deben concurrir de forma conjunta las siguientes condiciones: que pase a estar en desempleo o que haya sufrido una caída en sus ventas superior al 40% si es autónomo, que el conjunto de los ingresos no supere el límite de tres veces el Iprem en el mes anterior a la solicitud (se incrementa cuando concurren circunstancias como la tenencia de hijos), que la cuota de préstamos hipotecarios más los gastos y suministros básicos supere el 35% de los ingresos netos de la unidad familiar y que el esfuerzo que representa la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos un 1,3 como consecuencia de la pandemia.