Suscribirse para ayudarnos al pago del servidor desde 1€/mes Nos seria de gran ayuda en estos momentos críticos y, a vosotros (quien pueda) 1€ no os supone mucho Si al final sois muchos nos, podremos mantener Online GRACIAS

ESTA WEB NECESITA DE TU AYUDA ECONOMICA PARA SEGUIR ONLINE. DESDE 1€ NOS PUEDES AYUDAR (21 Ene 2020)

¡¡ ATENCIÓN !!
ESTA WEB SE MANTENIEN GRACIAS A LAS DONACIONES DE NUESTROS USUARIOS QUE DESDE 1€ APORTAN SU GRANITO DE ARENA.
SI TODAVÍA NO NOS APOYAS, ES EL MOMENTO.
NOS AYUDARÁ A MANTENERNOS ONLINE Y ASÍ SEGUIR AYUDANDOTE CUANDO LO NECESITES

Abusos en tu hipoteca? No la entiendes?
Te Decimos paso por paso como Reclamar y también te ayudaremos a entenderla
.

Pregunta Me falta alguna factura para reclamar los gastos hipoteca???

2 años 6 meses antes - 2 años 6 meses antes #189727 por gorrion
Hola. He dejado un tiempo ésto y lo quiero retomar y ando un pelín despistado. Os he puesto las facturas que tengo de mi hipoteca con Cajamar. Falta algo??? Imagino que la tasación pero no recuerdo que pagara nada......al ser vivienda de nueva construcción no era a mí cargo??? No tengo ni idea. 
Buscaré la carta tipo para la reclamación y a ver qué dicen que estos de Cajamar se las traen. 

Honorarios Compraventa-Subr.-Nov. 170e
Notaria Compraventa-Subr.-Novac.  941e
Registro Compraventa-Subrog.-Nov. 590e
Notaría Rectificación                            46e
Registro Rectificación.                          93e

Total + IVA.                                         1868e

Un cordial saludo.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
2 años 6 meses antes #189729 por neon26

Hola. He dejado un tiempo ésto y lo quiero retomar y ando un pelín despistado. Os he puesto las facturas que tengo de mi hipoteca con Cajamar. Falta algo??? Imagino que la tasación pero no recuerdo que pagara nada......al ser vivienda de nueva construcción no era a mí cargo??? No tengo ni idea. 
Buscaré la carta tipo para la reclamación y a ver qué dicen que estos de Cajamar se las traen. 

Honorarios Compraventa-Subr.-Nov. 170e
Notaria Compraventa-Subr.-Novac.  941e
Registro Compraventa-Subrog.-Nov. 590e
Notaría Rectificación                            46e
Registro Rectificación.                          93e

Total + IVA.                                         1868e

Un cordial saludo.


Hola buenas, 

Al ser subrogación, no tienes gastos de constitución de hipoteca, porque la hipoteca ya está constituida, tu te uniste a la hipoteca del constructor no?

Si es así, los gastos de hipoteca que se pueden reclamar son los de constitución de hipoteca y por tanto no constituistes hipoteca, te uniste a una que ya existia.

Confirma que era subrogación  please ;) 

Salu2

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
2 años 6 meses antes - 2 años 6 meses antes #189738 por gorrion
Quiere decir que no hay ningún tipo de devolución en las viviendas adquiridas de nueva construcción, no???.
Esas son las facturas que pagué, Subrogación-Novacion. Leo éstas cosas y me confunden:  Podemos afirmar que a día de hoy las y  los consumidores subrogados en un préstamo hipotecario pueden reclamar a su entidad bancaria los gastos de hipoteca gozando de garantías.Gonzalo Ayo, abogado.
Un saludo.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
2 años 6 meses antes - 2 años 6 meses antes #189742 por neon26

Quiere decir que no hay ningún tipo de devolución en las viviendas adquiridas de nueva construcción, no???.
Esas son las facturas que pagué, Subrogación-Novacion. Leo éstas cosas y me confunden:  Podemos afirmar que a día de hoy las y  los consumidores subrogados en un préstamo hipotecario pueden reclamar a su entidad bancaria los gastos de hipoteca gozando de garantías.Gonzalo Ayo, abogado.
Un saludo.

Se han de dar una serie de requisitos...

www.josportal.com/foros/foros-de-hipotec...a-hipoteca-subrogada

Podemos afirmar que a día de hoy las y  los consumidores subrogados en un préstamo hipotecario pueden reclamar a su entidad bancaria los gastos de hipoteca gozando de garantías.En concreto, la reciente   Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo 314/2020 de 17 de junio  , con base en la   Sentencia 46/2019 del Alto Tribunal de 23 de enero de 2019  , indica que cuando en una escritura de compraventa con subrogación comparecen no solo las partes compradora y vendedora sino también el acreedor (el banco), y se formaliza una novación modificativa del propio contrato de préstamo hipotecario en el que se subroga la parte compradora (o lo que es lo mismo, se modifican las condiciones del préstamo original), es posible cuestionar en cuanto a su falta de transparencia o abusividad las cláusulas que obligan a la parte consumidora a abonar íntegramente los gastos derivados del otorgamiento de la subrogación y novación.Más explicativa, a mi modo de ver, aunque constituya jurisprudencia menor, es la   Sentencia 135/2019 de 12 de abril, de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de León  , cuyo criterio el Tribunal Supremo ha venido a confirmar.En concreto, establece una diferencia entre dos supuestos: El primero, lo que es una mera subrogación subjetiva, es decir, el cambio de una parte deudora por una nueva deudora, manteniendo intacto el contenido del préstamo hipotecario ya existente, en cuyo caso entendemos, el banco no deberá abonar nada.Y el segundo supuesto es la llamada subrogación novativa o con modificación de las condiciones financieras del préstamo, es decir, aquella subrogación en la que no solo se modifica el deudor, sino que además, se modifican algunos elementos del préstamo original, como pueden ser el tipo de interés, el capital, las comisiones, el interés de demora, etc. Es en este caso cuando el banco deberá abonar a la parte consumidora los gastos que previamente he mencionado.De este modo, en caso de que en la escritura de compraventa y subrogación hipotecaria intervenga también el banco, y exista alguna cláusula en la que se modifiquen las condiciones del préstamo anterior, y en dicha cláusula se establezca que los gastos que genera la inscripción y otorgamiento de dicha modificación (Notaría, Registro, Gestoría) deba abonarlos íntegramente la parte deudora subrogada, esa cláusula es abusiva por contravenir la Ley General para la defensa de Consumidores y Usuarios, de igual modo que si se tratase de una hipoteca de nueva creación.Por ello debe declararse nula de pleno Derecho, pues tanto el banco como las personas prestamistas están interesadas en formular dicha modificación. Así, la entidad bancaria debe devolver a sus clientes, el 100 % de los gastos de Registro por la inscripción de la modificación del préstamo vinculado a la subrogación hipotecaria, y el 50 % de los gastos de Notaría y Gestoría con idéntico concepto.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
Moderadores: monalisa
Tiempo de carga de la página: 0.219 segundos