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SUBROGACIÓN HIPOTECA

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2 meses 3 semanas antes #190596 por somontano
SUBROGACIÓN HIPOTECA Publicado por somontano
Buenos días.
Actualmente tengo una hipoteca en el BBVA desde el 2009.
Estoy valorando subrogar la hipoteca a otro banco debido al aumento de la cuota por la subida del Euribor y ya que le BBVA no me ofrece nada.
Al comentarlo en el BBVA me dicen que tendré que devolver una bonificación del 1% que me dio el banco en efectivo al formalizar al hipoteca. Era una oferta que había en el 2009 con la hipoteca Blue Joven BBVA.
¿Puede el banco exigirme que le devuelva ese 1%?
Gracias por la respuesta de antemano.
Un saludo

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2 meses 3 semanas antes #190599 por neon26
Respuesta de neon26 sobre el tema SUBROGACIÓN HIPOTECA
Imagino que tu banco lo que te quiere cobrar es una comisión por Subrogación

En ese caso, te explico. Más bien te digo que debes pagar si te llevas tu hipoteca a otro banco utilizando la Subrogación ya que se reguló por ley.Gastos de subrogación que asume el cliente
  • El coste de la tasación de la vivienda: tasar un inmueble hipotecado cuesta entre 200 y 400 euros, dependiendo de las tarifas de la tasadora que contrates. Tu vivienda la tienes que tasar durante el proceso de subrogación para que el banco conozca su valor y pueda estudiar si está dispuesto a asumir tu hipoteca.
  • La comisión por subrogación: es una comisión que te puede cobrar el banco del que te vas. Más abajo explicamos con más detalle cuánto cuesta.

     
¿Qué es la comisión por subrogación y cuánto cuesta?Si decides cambiar tu hipoteca de banco, la entidad que abandonas tiene derecho a cobrarte una comisión por subrogación únicamente si su existencia y su coste se indican en tu contrato. Su coste está regulado por ley y se sitúa entre el 0% y el 2% sobre el importe que te queda por devolver, dependiendo de cuándo contrataste la hipoteca:
  • A partir del 16 de junio de 2019. Dependerá de si la hipoteca tiene un interés fijo o variable:
      • Interés fijohasta el 2% hasta el 2% si formalizas la subrogación durante los primeros 10 años del contrato y hasta el 1,5% si la haces en los siguientes.
      • Interés variablehasta el 0,25% si cambias de banco durante los primeros tres años o hasta el 0,15% si lo haces durante los primeros cinco años. Posteriormente no se puede cobrar ninguna compensación.
  • Entre diciembre de 2007 y junio de 2019. No puede superar en ningún caso el 0,5% del capital pendiente de pago si llevas a cabo la subrogación en los primeros seis años de vigencia de la hipoteca o del 0,25% como máximo si realizas la operación a partir de ese sexto año. 
  • Entre el 27 de abril de 2003 y diciembre de 2007. La comisión máxima que se te podrá cobrar el banco es del 0,5% sobre el importe pendiente.
  • Antes del 27 de abril del 2003. La penalización establecida es del 1% como máximo sobre el capital que te quede por pagar.  
No nos cansaremos de repetirlo: tu entidad actual solo puede cobrarte esta comisión si su existencia y su coste constan claramente en la escritura de tu préstamo hipotecario.
 Si contrataste tu hipoteca entre diciembre de 2007 y junio de 2019, el banco también te puede cobrar la comisión por riesgo de tipo de interés siempre que aparezca en tu escritura. Esta penalización solo puede incluirse en las hipotecas fijas y es acumulable a la de subrogación. Su coste no está limitado por ley, pero suele situarse entre el 0,5% y el 5% sobre el importe pendiente.
Pagarás menos de comisión si te pasas al tipo fijo ¡ATENCIÓN! Por decreto del Gobierno de España, los bancos no pueden cobrar comisiones por pasar una hipoteca variable al tipo fijo. Esta medida es vigente desde el 24 de noviembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, ambos días incluidos.
Ya has visto que la comisión por subrogación te puede costar un máximo del 2% sobre el importe pendiente de tu hipoteca. Ahora bien, si te cambias de banco para pasar una hipoteca de fija a variable su coste será mucho más bajo.Según la actual ley hipotecaria, la comisión por subrogación si te cambias del tipo variable al fijo es de solo el 0,05% sobre el importe pendiente. Además, si tu préstamo se firmó hace más de tres años, no te podrán cobrar ninguna comisión.Si tu hipoteca se contrató a partir del 16 de junio de 2019, cuando entró en vigor la nueva ley, esta comisión debe aparecer sí o sí en el contrato (si no sale, no te la pueden cobrar). Y si la firmaste antes, el banco tendrá que aplicarte obligatoriamente los límites comentados arriba, ponga lo que ponga tu escritura. Recuerda que esta comisión solo se aplica si te pasas del tipo variable al fijo: si te pasas del fijo al variable, se te aplicará la comisión por subrogación normal que salga en tu escritura.


Salu2 ;)
 

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2 meses 3 semanas antes #190601 por somontano
Respuesta de somontano sobre el tema SUBROGACIÓN HIPOTECA
Buenas tardes. 
lo que me quiere cobrar mi banco es hacerme devolver el 1% que es lo que el banco en el
Momento de formalizar la hipoteca el banco me ingreso en mi cuenta. Era una promoción para captar clientes. Te daban el 1% del importe de la hipoteca. 
En la oferta vinculante que me dio el banco aparece esa bonificación que me dan, pero en ningún momento me pone que tendré que devolverlo en caso de hacer una subrogación de la misma

 

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2 meses 2 semanas antes #190603 por neon26
Respuesta de neon26 sobre el tema SUBROGACIÓN HIPOTECA

Buenas tardes. 
lo que me quiere cobrar mi banco es hacerme devolver el 1% que es lo que el banco en el
Momento de formalizar la hipoteca el banco me ingreso en mi cuenta. Era una promoción para captar clientes. Te daban el 1% del importe de la hipoteca. 
En la oferta vinculante que me dio el banco aparece esa bonificación que me dan, pero en ningún momento me pone que tendré que devolverlo en caso de hacer una subrogación de la misma


 


Por algún lado lo ha de poner, has de mirar bien donde lo podría poner, porque me suena mucho que por aquellos años se comercializó ese tipo de hipotecas que daban ese porcentaje pero que en la letra pequeña salía ese handicap, 

También me suena que hubiera un tiempo determinado que no podias irte , es decir, como si en la letra pequeña pusiera que por ejemplo en 10 años si te cambias, tendrías que devolver ese dinero, 

Ya te digo, ha pasado mucho tiempo y todo son recuerdos vagos, 

En algún lado ha de poner eso, sino que te lo enseñen donde pone que has de devolver eso, si no tienen pruebas... no hay devolución 

Ya nos cuentas

Salu2

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