Bueno acabo de recibir la contestacion del BDE...y viene a decir que ya han pasado los 5 años desde que firme ..
aqui dejo la carta...
Acusamos recibo de su escrito, por el que presenta reclamación contra BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., que ha tenido entrada en este Banco de España el día 25 de octubre de 2023, y ha sido registrado en el expediente con el número de referencia arriba indicado. A la vista del mismo, le informamos de que el ámbito de competencia de este Departamento de Conducta de Entidades se circunscribe exclusivamente a valorar la actuación de las entidades supervisadas en una relación típicamente bancaria, valorando si su actuación se ajustó, o no, a la normativa de transparencia y protección de la clientela y a las buenas prácticas bancarias1 . En su caso particular, analizados los hechos expuestos en que fundamenta su reclamación, en los que señala el carácter abusivo de la cláusula de gastos de un préstamo hipotecario, le informamos de que no resulta competencia de este Departamento determinar el carácter abusivo de una cláusula contractual, ni la existencia de cualquier eventual vicio en el consentimiento prestado, ni declarar la nulidad de un contrato o de alguna de sus cláusulas; tampoco puede pronunciarse en relación con los efectos que pudiera suponer la eliminación de cualquiera de las cláusulas de los contratos en su día suscritos, correspondiendo en exclusiva a los Tribunales de Justicia valorar y decidir todas las anteriores cuestiones haciendo uso, a tal fin, de todos los medios de prueba admitidos en Derecho. Además, toda vez que su disconformidad se ha puesto de manifiesto, ante la entidad, una vez transcurridos más de cinco años desde que se formalizó el préstamo hipotecario, y se abonaron los gastos controvertidos, este Departamento entiende de aplicación lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 1964 del Código Civil2 , considerando prescrita la acción en el ámbito de sus competencias. En consecuencia, se procede al archivo del presente expediente, sin ulterior trámite. No obstante, podrá Ud. acudir a los juzgados y tribunales de justicia, para, en su caso, instar la declaración del carácter abusivo de la cláusula señalada y la ejecución de los efectos que de ello se deriven, dentro de los plazos legalmente previstos para ello. EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO,
A la espera de una contestacion....mens mal que lo devolvian a todos...me toco la