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Pregunta revision del euribor
Mañana voy a firmar hipoteca paro hay un párrafo que no me cuadra del todo referente a las revisiones del euribor. ¿Es normal que se hagan así?.
El texto es el siguiente:
Tipo de referencia: será, en cada uno de los períodos semestrales, la media aritmética simple de los valores diarios de los días de mercado de cada mes, del tipo de contado publicado por la Federación Bancaria Europea para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año, calculado a partir del ofertado por una muestra de bancos para operaciones entre entidades de similar calificación (EURIBOR), que hayan sido publicados en el B.O.E. por el Banco de España (u Organismo que en el futuro pudiera sustituirle a estos efectos informativos).
Muchas gracias.
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Simplemente te dice que revisas cada 6 meses con el EURIBOR a 1 año que esté publicado en el BOE. Dado que no dice nada más entiendo que es el vigente en el BOE en la fecha de revisión, que seguramente coincidirá con la de la firma o la del día 1 del mes siguiente.
Creo que falta un trozo del texto, que puede ser más aclaratorio.
Saludos.
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Tipo de referencia: será, en cada uno de los períodos semestrales, la media aritmética simple de los valores diarios de los días de mercado de cada mes, del tipo de contado publicado por la Federación Bancaria Europea para las operaciones de depósito en euros a plazo de un año, calculado a partir del ofertado por una muestra de bancos para operaciones entre entidades de similar calificación (EURIBOR), que hayan sido publicados en el B.O.E. por el Banco de España (u Organismo que en el futuro pudiera sustituirle a estos efectos informativos).
El tipo resultante se aplicará como tipo nominal, tomando como tipo de referencia el correspondiente al mes inmediatamente anterior a la fecha de variación semestral del tipo de interés, publicado en ese mismo mes de la variación, es decir, para los préstamos, cuya fecha de cambio sea el 31 de Enero, se tomará como referencia el tipo correspondiente al mes de Diciembre anterior, publicado en el B.O.E. del mes de Enero y así sucesivamente.
Se entenderá como fecha de revisión del tipo de interés el último día del periodo de vigencia de un determinado tipo de interés, de forma que a partir del día siguiente de esta fecha, el tipo de interés del préstamo experimentará una revisión, en caso de variación, al alza o a la baja.
Gracias
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¿tienes algún tipo fijo inicial? En ese caso es probable que te lo apliquen durante X meses más los días desde el día de la firma hasta el 31 de ese mismo mes y a partir de ahí revisión semestral.
La fecha de cambio que comenta creo que es la de revisión, es decir, a partir de ese día cambia el tipo de interés por lo que la primera cuota diferente sería en un mes.
saludo.
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Yo creía que tomaban el euribor del último día del semestre o año en cuestión, pero si me dices que ésta cláusula es normal yo sigo p'alante.
Muchas gracias por todo.
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Por cierto enhorabuena por la firma del piso.
Tranquilo es un puro tramite lo que tienes que afrontar mañana y espero que cuentes tu experiencia para próximos hipotecados.
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