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Pregunta Re: BBVA y la clausula suelo
neon26 escribió: Por cierto cneo43,
Yo creo que podrías hacer una reclamación en toda regla por falta de transparencia, y podrías conseguir que te quitaran la clausula suelo por ti mismo.
Porque tienes pruebas que no te entregaron la Oferta Vinculante?
No, no la tengo, porque no me la dieron. Se supone que cuando te subrrogas, no hay oferta vinculante. Fue una vivienda de segunda mano, y me subrrogué en la hipoteca de la propietaria anterior, que a su vez se había subrrogado de promotor, creo.
Básicamente es que no dispongo de tiempo para andar de reclamaciones y es más cómodo lo de ADICAE. Tiene sus riesgos, pero afortunadamente me lo puedo permitir, y qué mejor que solidarizarse con los que lo tienen más crudo.
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Un saludo.
www.invertia.com/noticias/articulo-final.asp?idNoticia=2485451
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Por cierto la web que nos pasas saca la noticia de Europa Press por tanto es la misma noticia que nos pasa cneo43, pero no pasa nada esta bien.
A ver si alguien puede traer la noticia con el día exacto y lo confirmamos exactamente, si es que existe la noticia, porque yo juraría que leí el día en alguna parte y cneo43 también le suena de haber leído dicha noticia con el día exacto.
Misterios sin resolver.:dry:
Un saludo.
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Enlace: EuropaPress
Enlace: EFE
Copio parte del texto de una de las noticias:
Asimismo, Consumo informa a los clientes de las entidades bancarias BBVA, Caixa Galicia y Cajamar, tras la ejecución provisional de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número dos de Sevilla que las obliga a anular las cláusulas suelo por abusivas, de que no tendrán que acudir a sus sucursales "ya que el fallo es de obligado cumplimiento y debe aplicarse de manera automática a todos los afectados sin necesidad de personarse en el banco".
Estas tres entidades no podrán incluir las cláusulas suelo en sus hipotecas a partir de ahora y disponen de dos meses para eliminarlas de los contratos ya firmados, un plazo que expira el próximo 24 de abril, de forma que deben hacerlo así aunque hayan presentado un recurso de apelación y la resolución definitiva del proceso se alargue.
Ha indicado que los clientes que tengan contratados sus prestamos hipotecarios con esas entidades verán reducidas sus cuotas mensuales según dicte el Euríbor, "pero sin embargo, la sentencia no implica indemnización ya que el demandante, la Asociación de Usuarios de Banca, Ausbanc, sólo pretendía que las cláusulas suelo se declararan nulas y dejaran de aplicarse". "En ningún caso, el proceso tenía como objetivo compensación económica alguna", ha agregado.
Mis conclusiones, a la vista de las noticias y de las resoluciones del jusgado de Sevilla, sin ser experto en el tema son:
1) La sentencia de Sevilla es de 30 de septiembre de 2010.
2) Después, los demandantes solicitaron que se ejecutase la sentencia, aunque esté recurrida
3) El 27 de Enero de 2011, el juez responde con un auto, en el que indica que los bancos disponen de un plazo de dos meses para aplicar la sentencia a los contratos en curso. Esos dos meses se cuentan, no desde la fecha del auto, sino desde la fecha de notificación.
4) No sé cual es la fecha de notificación. El auto lleva un sello de fechas de 11 de febrero, que debió ser la fecha en la que el Secretario del juzgado empezó a tramitar el proceso de notificación a los bancos.
5) Posiblemente, y digo sólo posiblemente, los bancos agotaron el plazo para darse por enterados y firmaron el acuse de recibo la notificación el 23 de Febrero
6) Con esto, la sentencia debería estar ya ejecutada, pasados dos meses desde la recepción de la notificación, o sea, el 24 de Abril
Además,
1) La sentencia declara la nulidad de las clausulas, por lo que los bancos deberían modificar las escrituras, presentarlas en registro y dejar de aplicar el suelo antes de esa fecha de 24 de abril. Probablemente no lo notaremos hasta el siguiente recibo
2) Al ser nula la clausula, creo que deben devolver todo lo que han cobrado de más estos últimos años. Entiendo que este dinero deben devolverlo como mucho el 24 de abril
3) AUSBANC no pedía indemnización, ni intereses de demora. Devolverán exactamente lo que hayan cobrado de más.
4) En el caso de ADICAE, se piden intereses de demora, por lo que además de devolver, deben pagar una cantidad adicional. Hace unos 9 años el interés de demora oficial estaba en torno al 4 % anual, pero supongo que habrá ido cambiando. Si ADICAE gana, deberán pagar además esos intereses.
5) Por lo que dice la noticia, los clientes no tienen que personarse en el banco, ni hacer nada de nada. Los bancos deben aplicarla automáticamente, sin pedir "papelitos firmados".
Al menos esto es lo que yo saco en claro
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¿Cuál es el coste de las demandas?
-En primer lugar, es necesario que la persona se haga socia de la asociación. Quienes no lo sean deberán hacerse socios en el mismo momento que presenten la documentación. Si hay varios titulares, habrá un socio titular y el resto deberán incluírse como socios familiares.
El coste de ser socio es 30 euros de cuota de ingreso (se paga una sola vez) y una cuota anual de 36 Euros. El coste del socio famliar es sólo 5 Euros.
-Se incluye un coste único para las demandas en PRIMERA INSTANCIA que dependerá del capital solicitado con el préstamo hipotecario:
-Más de 300.000 Euros= 150 Euros
-Entre 200.000 y 300.000 Euros= 120 Euros
-Menos de 200.000 Euros= 90 Euros
Este coste es por contrato, no por titular. Aunque haya varios titulares en la escritura sólo se cobrará una cuota judicial por cada contrato.
¿Qué riesgos de costas hay si se pierde?
Aunque el riesgo de costas (perder el juicio) puede ser remoto, a la hora de dar la información hay que decir que se nos ha admitido cuantía indeterminada (ver el documento judicial colgado en el apartado descargas del caso) y que caso de continuar con la demanda agrupada contra todas las entidades el coste sería unos 30 Euros por afectado.
En resumen, son 30 euros para ingresar en ADICAE y 36 euros anuales mientras se sea socio de ADICAE. El coste de adherirse a la demanda depende del capital. En mi caso son 90 euros. Han avisado por correo que en las próximas semanas cargarán esas cantidades.
Si el juicio se pierde, existe riesgo de tener que pagar costas. Dicen que el riesgo es remoto. En algún sitio leí que nunca se ha condenado a costas a una asociación de consumidores. En el peor caso, ADICAE estima que las costas podrían tocar a 30 euros por cabeza. Pero esto es una estimación y es difícil saber de antemano cuanto sería.
Yo entiendo que, en caso de que ADICAE gane, los bancos recurrirían a otra instancia superior. Esto sería un nuevo proceso, y el usuario puede decidir bajarse del carro, o adherirse a un nuevo juicio. Esto conllevaría pagar de nuevo, y supongo que serían otros 90 euros. No sé cuantas instancias hay, pero supongo que les queda el Tribunal Supeior de Justicia y el Tribunal Supremo. Dudo que lleguen al Constitucional, porque la Constitución habla del derecho de los ciudadanos a una vivienda digna, pero no dice nada del derecho de los banqueros a imponer clausulas abusivas.
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Porque es bueno que también este allí.
Muchísimas gracias cneo43 te voy a poner un karma.
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