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Pregunta CANCELACIONES DE HIPOTECA Cobran de más Notarios y Registradores

11 años 6 meses antes #43217 por afconsulting
Aunque no se trata de un abuso bancario, entiendo super interesante este asunto para aquellos que cancelaron su hipoteca (ya sea porque tuvieron la suerte de cancelarla para siempre) o porque la cancelaron para renegociar o cualquier otra causa.

Os adjunto un enlace de la ocu donde hace mención al tema, y donde a modo de resumen, se trata de un problema que afecta a las cancelaciones durante el período comprendido entre diciembre de 2007 y mayo de 2012.

En las facturas tanto del notario y del registrador, en vez de cobrar como documento sin cuantía, lo hacían con cuantía, lo que provocaba un aumento muy superior de los aranceles. Por tanto, ahí dejo el tema.
Si quereis las sentencias, mandadme un mp y os las remito.

www.ocu.org/dinero/hipotecas/nota-prensa...-mas-de-400-millones

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11 años 6 meses antes - 11 años 6 meses antes #43244 por Elcuerpazo
Muchas gracias por compartirlo con nosotros. ;)

Lo importante en este caso es compartir la información con la mayor cantidad de personas. Si uno está informado podrá reclamar (que se le devolverá seguro lo pagado de más).

Cualquier otra noticia destacable que localices y no tengas muy claro si lo sabemos o no: comparte con nosotros. Más vale que se duplique información a que no tengamos ninguna. :)

Un saludo,
Elcuerpazo

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11 años 6 meses antes #43272 por neon26
Muy buena información

Pongo aquí lo que hay en el link que ha puesto el compañero afconsulting


En una reciente sentencia el Tribunal Supremo respaldó el análisis de la OCU, que en su día denunció el cobro excesivo de notarios y registradores en la cancelación de hipotecas. Estos profesionales habrían estado cobrando de más unos 90 millones cada año. Ahora la Fiscalía del Alto Tribunal escucha a la OCU y exige que devuelvan el dinero a sus clientes.
Madrid, 7 de noviembre de 2012. En la resolución comunicada a la OCU el 31 de octubre, la Fiscalía de la Sala Civil del Tribunal Supremo obliga a la Dirección General de Registros y del Notariado a dirigirse a todos los notarios y registradores de España exigiéndoles que devuelvan lo cobrado de más a cientos de miles de clientes cuando cancelaron sus hipotecas.
La Fiscalía había suspendido las diligencias incoadas a instancias de la OCU, mientras el Tribunal Supremo se pronunciaba sobre los recursos interpuestos por los colegios de notarios y registradores. Una vez conocida la sentencia del 10 de octubre del Alto Tribunal, la Fiscalía ha reabierto el caso y ha concluido dando la razón a la OCU.
En su escrito, la Fiscalía toma esta decisión “para cumplir lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Constitución Española”, que establece que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
A juicio de la OCU, los notarios y registradores ya no tienen excusa para demorar ni un minuto más la devolución de todos los importes indebidamente cobrados a cientos de miles de consumidores. En su momento, el colectivo de notarios y registradores declaró que quedaba a la espera de que la Justicia determinara la aplicación de los aranceles que debían cobrar al consumidor. Pues bien, ese momento ha llegado y ahora la Fiscalía no hace sino recordarles la obligación que tienen de devolver las cantidades cobradas de más.
Solo de las 372.042 cancelaciones de hipotecas sobre vivienda realizadas en 2010, notarios y registradores podrían haber cobrado de forma indebida a sus clientes hasta 93 millones de euros al año.
La OCU, por su parte, va a dirigir un escrito al Ministro de Justicia y a la propia Dirección General de Registros y Notariado para conocer qué pasos piensan dar a partir de ahora. Confiamos en que estos profesionales no se escuden tras nuevos recursos y estrategias dilatorias y comiencen una devolución ordenada de todas las cantidades irregularmente cobradas, al menos durante el período comprendido entre diciembre de 2007 y mayo de 2012. Hay que recordar que según los datos del INE en este periodo se han cancelado más de 1.600.000 hipotecas sobre viviendas.
HISTORIA DE UNA SENTENCIA HISTÓRICA

Tras su estudio, llevado a cabo en septiembre de 2011 en el que se detectaban cobros excesivos en el 92% de las facturas analizadas, la OCU presentó una denuncia ante la Fiscalía del Tribunal Supremo para que investigara la conducta irregular de notarios y registradores y para que, en su caso, se devolvieran a todos los clientes los importes cobrados de más.
Simultáneamente y debido a la gravedad de los hechos denunciados por la OCU, en noviembre de 2011 el entonces ministro de Justicia, Francisco Caamaño, aprobó un Real Decreto (RD 1612/2011 de 14 de noviembre) que modificaba los aranceles de notarios y registradores para la cancelación de hipotecas. Este Real Decreto pretendía aclarar, de una vez por todas, una rebaja en los aranceles aprobada en 2007 (Ley 41/2007 de 7 de diciembre), pero los Consejos de Notarios y Registradores intentaron impedir la aplicación de la rebaja arancelaria recurriendo este Real Decreto ante el Tribunal Supremo.
La sentencia del Tribunal Supremo desestima las pretensiones de notarios y registradores y ratifica la interpretación que la OCU y otros Tribunales Superiores de Justicia venían haciendo de la Ley 41/2007.
Hay que recordar que desde el cambio normativo de 2007 y hasta mayo de 2012, fecha en la que el actual Gobierno volvió a subir dichos aranceles, el notario tenía que cobrar una cuantía fija de 30,05 €, fuese cual fuese el importe de la hipoteca cancelada. Si se suman a ese importe los demás conceptos, resulta que una escritura de 10 páginas no debería costar más de 70 euros. Sin embargo, el importe medio de las facturas incorrectas analizadas por la OCU era de 260 euros.
En cuanto al registrador, este debe aplicar el arancel al capital pendiente de devolver (que es igual a cero cuando se trata de cancelar una hipoteca ya pagada) y reducir el resultado en un 90%. El resultado son 2,40 euros que, añadidos a los restantes conceptos minutables, da una cifra a lo sumo de 24 euros y no de 144 euros, como comprobó en su día la OCU.

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