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Pregunta Cláusula suelo en Caja España con Oferta Vinculante. Subrogación de hipoteca.

11 años 6 meses antes #43746 por robardon
Estimados amigos:

Lo primero agradeceros la ayuda prestada a los que, como yo, están tan perdidos en esto de las hipotecas y también por la rapidez con la que contestáis

Por otra parte, tal y como me habéis recomendado os incluyo el "post" que os envié el 6 de noviembre pero con la Oferta Vinculante.

- Inicialmente tenía una hipoteca en Caja Vital y nos subrogamos en una hipoteca de Caja España que nos ofreció las siguientes condiciones:

- Euribor + 0,20
- Suelo: 3,50%
- Techo: 12,50%

En nuestro caso sí tenemos oferta vinculante previa aunque en el instante de la firma se indicó por mi parte que no estaba de acuerdo con la cláusula de suelo. Como conocíamos al director de la sucursal nos aseguraron verbalmente que posteriormente se podría cambiar.

Al final, cambiaron de director y tras reclamar nos han bajado la cláusula suelo del 3,50% al 2,25%, aunque no figura por escrito.

La oferta vinculante se firmó el día 7 de junio de 2007
La firma de las escrituras ante notario fue el 26 de julio de 2007.

Se adjunta Oferta Vinculante escaneada:

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Un saludo y muchas gracias

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11 años 6 meses antes #43772 por neon26
Hola robardon,

La oferta vinculante te la dieron con tiempo pero... TODA OFERTA VINCULANTE HA DE TENER UN ESCRITO COMO ESTE O PARECIDO
- El prestatario tendrá derecho a examinar el proyecto de escritura pública de préstamo hipotecario en el despacho del Notario al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento. El prestatario podrá renunciar expresamente, ante el Notario autorizante, al señalado plazo siempre que el acto de otorgamiento de la escritura pública tenga lugar en la propia Notaría.


Y tu oferta vinculante no la tiene con lo cual no te informan de este derecho que tienes, por tanto es falta de transparencia ;)

- Ha de entregarse por la entidad con al menos tres días hábiles anteriores a la firma de escrituras

La oferta vinculante se hará constar el derecho del prestatario, en caso de que acepte la oferta, a examinar el proyecto de documento contractual, con la antelación a que se refiere el número 2 del artículo 7, en el despacho del Notario autorizante.

Y ya que estoy os copio el artículo 7 punto 2, referente a la antelación:

1. En materia de elección de Notario se estará a lo dispuesto en el Reglamento Notarial y demás disposiciones aplicables.

2. El prestatario tendrá derecho a examinar el proyecto de escritura pública de préstamo hipotecario en el despacho del Notario al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento. El prestatario podrá renunciar expresamente, ante el Notario autorizante, al señalado plazo siempre que el acto de otorgamiento de la escritura pública tenga lugar en la propia Notaría.



Si no sale lo de los tres día hábiles entonces es falta de transparencia con lo cual y dado estas circunstancias, faltaron entonces a la orden del 5 de mayo de 1994 sobre transparencias bancarias con lo cual ya tenemos algo con consistencia por lo cual reclamar.
Así pues ya puedes empezar hacer tu carta de reclamación basándote en la falta de transparencia por haber faltado a la orden citada anteriormente y también por la falta de reciprocidad entre tu clausula suelo y techo.
Por tanto aquí te paso un enlace con cartas de josportaleros que te podrán servir de guía y que dependiendo la que cojas, apenas tendrás que cambiar nada ok?
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Salu2 ;)

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