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Pregunta Clausula suelo BBVA

11 años 4 meses antes #49706 por Caloen
Clausula suelo BBVA Publicado por Caloen
Hola a tod@s

En mi caso (y como en el de otros muchos) también tengo la clausula de suelo / techo

Tipo inicial los 12 primeros meses: 2,700%
Suelo: 1,500% + diferencial
Techo: 15,000% de interés nominal
Cantidad solicitada: 197.422,89 euros

Firmé el 27/05/2010 y la OV (adjunto el enlace) está fechada en el 21/05/2010

La oferta vinculante que os muestro está sin firmar ya que ésta la tenía en PDF y así no me hacía falta escanear la original firmada por mi mujer y por mi.


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Quisiera añadir otra cosa, ya que nunca se sabe si puede ser un defecto de forma y abrir el camino para la reclamación, en la OV que está adjunta a las escrituras del notario, esta está firmada tanto por mi mujer como por mi, pero no está ni firmada ni sellada por el banco. :huh:

Otra cosa que me he dado cuenta, es que el interés inicial, como os he indicado, es del 2,7% los 12 primeros meses, pero pone que el TAE es del 2,214%. No estoy muy puesto en economía, pero si no me equivoco el TAE no es inferior al tipo de interés de un préstamo (se suma al tipo de interés los gastos asociados al préstamo), por lo que creo que lo calcularon con el Euribor de la fecha, pero sin aplicar la clausula de suelo y así la información que se me dio pudo no ser correcta.

Buenos, espero que alguno de vosotr@s me podáis echar un cable

Saludos y gracias por anticipado

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11 años 4 meses antes #49721 por neon26
Respuesta de neon26 sobre el tema Clausula suelo BBVA
Hola Caloen y bienvenido,

Bueno lo veo es que te dieron la oferta vinculante con al menos tres días hábiles, pero hicieron varías cosas mal y que pueden dar a lugar a ser falta de transparencia, y es que la oferta vinculante debe ser firmada por un representante de la entidad y además debe poner expresamente un texto así :

El prestatario tendrá derecho a examinar el proyecto de escritura pública de préstamo hipotecario en el despacho del Notario al menos durante los tres días hábiles anteriores a su otorgamiento. El prestatario podrá renunciar expresamente, ante el Notario autorizante, al señalado plazo siempre que el acto de otorgamiento de la escritura pública tenga lugar en la propia Notaría.

Debe poner lo que hay en negrita sino seria falta de transparencia.

Por tanto Dado que no te dieron la oferta vinculante con todos los datos bien, faltaron entonces a la orden del 5 de mayo de 1994 sobre transparencias bancarias con lo cual ya tenemos algo con consistencia por lo cual reclamar.
Así pues ya puedes empezar hacer tu carta de reclamación basándote en la falta de transparencia por haber faltado a la orden citada anteriormente y también por la falta de reciprocidad entre tu clausula suelo y techo.
Por tanto aquí te paso un enlace con cartas de josportaleros que te podrán servir de guía y que dependiendo la que cojas, apenas tendrás que cambiar nada ok?
www.josportal.com/foros/problema-con-mi-...uestro-asesoramiento
Cuando tengas hecha la carta, la subes aquí para que podamos ver si falta algo o por el contrario está perfecta.
Para subirla hay que utilizar dropbox, aquí explicamos como se suben archivos a la web
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También te recomiendo que te aproveche del acuerdo que hemos llegado con una empresa la cual te servirá para enviar tus cartas certificadas a través de email certificado, desde casa y sin perder toda una mañana en el banco ,con máximo ahorro y con total validez legal mailcertificado.com/html/validez-legal.php ya que no te tendrás que desplazar con el coche a tu oficina
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Y para vuestras reclamaciones esta el mailcertificado pero recomendamos el BmailCertificado ® puesto que es lo equivalente al burofax de correos y de esta forma no se pueden escapar ya que no pueden poner ninguna excusa, aquí explicamos como funciona.
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Salu2

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11 años 4 meses antes - 11 años 4 meses antes #49738 por Caloen
Respuesta de Caloen sobre el tema Clausula suelo BBVA
OK, pero tengo una duda, en la última página pone el siguiente texto

El proyecto de documento contractual podrá ser examinado por el solicitante en del despacho del Notario de esta ciudad que autorice la escritura y que salvo otra indicación del cliente será D.

¿No pueden alegar que ya me indican que puedo revisar las escrituras?

Otra cosa, he estado mirando sobre el tema del TAE que me indica la OV y esá calculado sin tener en cuenta el suelo de la hipoteca; la normativa del 1994 indica que debe reflejarse la tasa de interés anual equivalente (TAE) pero al estar calculado sin tener en cuenta el suelo (en mayo del 2010 el último euribor publicado era 1,225%) no me estaban indicando realmente el coste de este producto, creo que en ese aspecto también tienen un fallo grande, ya que según la web del BdE

La T.A.E. o Tasa Anual Equivalente es un indicador que, en forma de tanto por ciento anual, refleja el coste o rendimiento efectivo de un producto financiero. Permite al cliente comparar las diferentes inversiones o préstamos, con independencia de sus condiciones particulares, ya que iguala todos los elementos de la operación.

......

Las entidades están obligadas a informar sobre la TAE de sus operaciones en la publicidad de sus productos que se haga referencia a coste o rentabilidad, en los contratos, en los documentos de liquidación y en las ofertas vinculantes.

www.bde.es/clientebanca/faqs/tipo/tipo.htm#enlace1

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11 años 4 meses antes #49820 por Peña
Respuesta de Peña sobre el tema Clausula suelo BBVA
Hola Caloen! :)
La ley dice qué te lo tienen qué indicar con al menos 3 días hábiles de antelación para revisar la escritura, no cumplen eso; además no pueden alegar nada contrario a la ley.

Interesante lo del T.A.E. , pero creo qué eso lo debes exponer en otra reclamación, diferente a la del suelo, una vezterminen con esta.
Salu2 ;)

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