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Pregunta Dudas reclamación suelo Caja Extremadura
En abril de 1999 adquirímos la vivienda donde residimos mi mujer y yo.
La operación se realizó de la siguiente forma:
1.-subrogación del crédito hipotecario que la constructora tenía con Caja de Extremadura por valor de 12.541,000 ptas (75.372,93€), con un diferencial referenciado a mibor + 1 revisable anualmente. El plazo de amortización se fijó en 20 años, finalizando en abril de 2019.En la escritura de dicha subrogación se me impone un suelo de 3,750 y un techo de 12,950.
2.- Préstamo con garantía hipotecaría sobre la misma vivienda con Caja Extremadura(no quisieron o pudieron ampliar el capital en la subrogación y constituyeron una segunda hipoteca ), por valor de 3,959,000 ptas (23,794,07€), referenciado a euribor +1 con revisión anual. Igualmente en esta escritura aparece un suelo de 3,750% y un techo del 13%. El plazo de amortización es el mismo, 20 años.
En un principio siempre hablé con el director de una única hipoteca por el importe total, pero unos días antes de la firma me informó que no era posible y había que proceder a constituir una segunda hipoteca si quería adquirir la vivienda. Fue todo muy precipitado, con mi anterior casa vendida, viviendo pagando un alquiler, en fin que acepté todo sin saber muy bien lo que implicaba todo aquello.
No dispongo de ninguna oferta vinculante, si bien sólo en la escritura del préstamo (no así en la de subrogación ) aparece textualmente " LA PARTE PRESTATARIA reconoce que la CAJA les ha entregado de forma gratuita el Folleto Informativo correspondiente, al solicitar el préstamo hipotecario, así como la oportuna Oferta Vinculante, cuando les fue concedido, y que , previamente a este otorgamiento, han examinado el proyecto de la presente escritura, el cual ha estado depositado en la Notaría duante los tres días hábiles anteriores".
Fuímos convocados todos los vecinos el día anterior a la firma, metidos como borregos en una sala, leídas las escrituras por la notaria a toda prisa, y nunca tuvimos acceso a la lectura de las escrituras de forma previa, y yo no recuerdo haber recibido ni firmado oferta vinculante alguna.
Ahora , después de este tocho las preguntas :
¿existe alguna prescripción a la hora de presentar reclamación por la claúsula suelo?
¿tiene obligación en una subrogación de presentar oferta vinculante el banco?
Aunque figure en la escritura el texto referente a haberme entregado la oferta vinculante ¿es obligatorio que el banco cuente con la misma firmada por mí?
?Creeís que tengo posibilidades de eliminar el suelo y recuperar todo el dinero cobrado indebidamente por la aplicación e dicha cláusula?
Agradezco enormemente la labor que realizaís en pro de la defensa de los sufridos usuarios de bancos y cajas.
Un saludo
Antonio Giménez
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no se a que te refieres con prescripcion, pero si te puedo indicar que si no detectas falta de formas en el otorgamiento del credito hipotecario, siempre podras reclamar por falta de reciprocidad entre los limites variabilidad del tipo de interes.¿existe alguna prescripción a la hora de presentar reclamación por la claúsula suelo?
en una subrogacion nunca, pues se entiende que adquieres las condiciciones de una escritura ya existente y se entiendes que conoces. Otro caso seria que existiese novacion, por que modificas las concidiones financieras y ahi si estan obligado a etregar OV, siempre que cumpla las codiciones recogidas en la orden ministerial de 5 de mayo de 1994¿tiene obligación en una subrogación de presentar oferta vinculante el banco?
si en la escritura aparece que se te a entregado una OV, esta debe exisitir, y su existem debe cumplir con lo exigido en la orden ministerial que regula la transparencia de estas operaciones. Si esta OV no esta firmada por el cliente, se entiende que nunca se ha entregado, o lo que es lo mismo, que no existe.Aunque figure en la escritura el texto referente a haberme entregado la oferta vinculante ¿es obligatorio que el banco cuente con la misma firmada por mí?
?Creeís que tengo posibilidades de eliminar el suelo y recuperar todo el dinero cobrado indebidamente por la aplicación e dicha cláusula?
como siempre digo a todos los usuarios de este foro. Posibilidades siempre existen, pero hay que lucharlo. Poco tienes que perder y mucho que ganar, asi que te invito a que reclames.
si quieres reclamar te aconsejo que te apoyes en este foro y los moderadores que ayudan, pues te conducirán en el mejor camino para que llegues al mejor resultado.
suerte
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La subrogación también conllevó una novación, y así aparece en la escritura.En esta no aparece nada sobre la oferta vinculante ni recuerdo haberla recibido.
Con la pregunta de la prescripción, quería decir si existe un límite o plazo de tiempo para presentar reclamación, es decir si tengo un plazo máximo desde la constitución de la hipoteca para poder reclamar.
El siguiente paso será elaborar la carta de reclamación al SAC , con ayuda de vuestras cartas tipo.
¿Solicito antes copia de la oferta vinculante? Supongo que tengo que pedirla por escrito para que quede constancia.
Disculpad mis muchas dudas.
De nuevo gracias.
Antonio
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sobre la prescripcion para reclamar, en estos casos entiendo que el delito no puede prescribir mientras este en curso el credito hipotecario, pues teneis en vigo un contrato (escritura) y no finaliza hasta que no liquidas la deuda con el banco. Cuando tengas la OV nos la subes al foro tapando tus datos y te ayudaremos a redactar tu escrito al SAC.
estamos en contacto, suerte.
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