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Pregunta Temas de herencia¿Como pagar menos a hacienda?

11 años 7 meses antes #37241 por roburgos
Buenos días,

tengo una duda que me gustaría que me asesoraseis.

El tema es que me gustaría saber si se pueden hacer cosas para pagar lo menos posible a hacienda en caso de fallecimiento de tus padres, estilo: ponerme en sus cuentas/fondos, etc como co-titular o cosas así. La finalidad obviamente de todo esto es pagar lo menos posible a hacienda.

Ellos pertenecen a la comunidad de castilla la mancha y tienen su testamento hecho sin problemas.

Espero vuestros consejos.

Muchas gracias y un saludo.

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11 años 7 meses antes #37414 por FelipeDog
Respuesta de FelipeDog sobre el tema Temas de herencia¿Como pagar menos a hacienda?
Buenos días roburgos,

Ante todo gracias por participar en el foro.

Respecto el tema que nos planteas es más de repercusión tributaria que no bancaria, te comento cosas.
Primeramente has de tener en cuenta como bien sabrás que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones esta cedido a las Comunidades Autónomas, por lo tanto son sus correspondientes Agencias Tributarias las encargadas de velar por la recaudación e inspección de estos actos.
Partiendo de aquí, comentarte que el hecho de modificar la titularidad de un saldo bancario o un producto financiero comporta la presunción de donación del 50% (en caso de co-titularidad)de ese dinero, ya que ha partir de ese momento te conviertes en propietario del importe en cuestión y por consiguiente participe de los beneficios que el mismo genera.
Esto provoca consecuencias directas en el Impuesto sobre la Renta, ya que se te imputarán las ganancias patrimoniales que generen los productos en cuestión según la titularidad que figures en ellos.
Respecto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones puede ser exigible por donación "inter-vivos" por parte de la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma, ya que hay una modificación de titularidad gratuita.
Dicho esto, comentarte que claro hay posibilidades de que se haga una modificación de titularidad y que no se de cuenta en sus controles la Agencia Tributaria Autonómica, consiguiendo evitar pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones "inter-vivo", te tocará liquidar en renta en la base del ahorro el 50% de lo que generen esos productos y pasados 4 años, la exigibilidad del Impuesto habrá prescrito y por consiguiente te liberas de tener que pagar dicho impuesto.
En este marco, pasados los 4 años y habiendo prescrito el hecho imponible, cuando hagas el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones a efectos "mortis-causa" (muerte del causante), la exigibilidad de tributación únicamente será del 50% ya que el otro 50% es tuyo y por lo tanto no debes tributar por él. Además podrás disponer libremente de los saldos tras la muerte el causante, cosa que no podrías hasta que se adjudicará la herencia.
Espero haberte ajudado, cualquier duda más que te surja lo comentas. Gracias
Saludos.
El siguiente usuario dijo gracias: neon26

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11 años 7 meses antes #37471 por neon26
Respuesta de neon26 sobre el tema Temas de herencia¿Como pagar menos a hacienda?
Muy buena respuesta si señor.
;)

cualquier duda roburgos, aquí estamos ;)

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11 años 7 meses antes #37679 por roburgos
Respuesta de roburgos sobre el tema Temas de herencia¿Como pagar menos a hacienda?
Buenos días neon26,

mi conocimiento de temas tributarios es bastante escaso por no decirte nulo. Te explico lo que creo que he entendido de tu correo por si no me ha quedado alguna cosa clara.

1.- Lo del tema de declarar a Hacienda los beneficios, pérdidas del 50%, lo tengo claro, pues ahora tendría
el 50% del valor.
2.- Sobre el tema del Impuesto de Sucesiones --> me dices que al hacerme co-titular de la cuenta o cualquier
otro producto, sería considerado como una donación en vida por lo que tendría que declararlo a Hacienda
con el consiguiente gasto que a saber cual es. A partir de los 4 año prescribe y ya no tendría que pagar
nada de ese 50% como impuesto de sucesiones pasado el fallecimiento.

¿Está OK?

Pregunta:

* ¿Sabes cuanto habría que pagar por tema del Impuesto de Sucesiones de una cantidad X si me hago co-
titular de la cuenta de mis padres?. Imagino que será un tanto por ciento.
* ¿Que riesgo corro de que me trinque hacienda?
* ¿Merece la pena?
* ¿Hay algo más que se pueda hacer para el tema que te propongo?

Ufff, me da un poco de canguis.

Muchas gracias de nuevo.

Saludos.

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11 años 7 meses antes #37707 por FelipeDog
Respuesta de FelipeDog sobre el tema Temas de herencia¿Como pagar menos a hacienda?
Buenos días roburgos,

Antes de nada comentarte que la preguntas que nos planteas hay dos vías. Cumplir taxativamente la normativa tributaria o bien jugar con la "picaresca" del fraude fiscal.

Si tu cambias de titularidad las cosas, es una liberalidad gratuita, ¿cierto? Es decir, tus padres dejan de tener el total del pastel para entregarte a ti la mitad. Jurídicamente la traslación de la titularidad de forma gratuita como es el caso que nos planteas, en una situación "inter-vivos" es una donación en toda regla.

Lo que pasa, es que este tipo de modificaciones de titularidad de productos bancarios tienen un control "ambiguo", ya que aquí tendría que venir la CCAA a buscarte y estos temas no los controlan tanto, prefieren centrarse más en temas de mejor provecho pecuniario.

Respecto los 4 años es el margen que tiene la administración para reclamarte que hubieras liquidado el impuesto correspondiente, una vez transcurrido este plazo, tu obligación de presentar y liquidar el impuesto de donaciones prescribe, no pudiéndose exigirte dicho importe.

Con lo que quiero decir que si acometes esta operativa, como el 50% es tuyo en pleno derecho, únicamente si murieran tus padres y tuvieras que heredar (cosa que deseamos que tengan una vida larga y placentera), solo pagarías impuestos por la mitad, ya que lo otro ja es tuyo.

Claro esto es un fraude, mi recomendación es que liquides lo impuesto correspondientes. El riesgo que te expones es que en esos 4 años te pueden reclamar que ingreses la deuda que deberías de haber pagado, juntamente con los intereses de demora, más su correspondiente sanción por cometer una infracción tributaria.

Si tienes más dudas seguimos el hilo ;)
El siguiente usuario dijo gracias: neon26, roburgos

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