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Pregunta Condición resolutoria de mi piso
Cuando me presenté en el banco con las escrituras pues nada, como siempre...haciéndome un poco la pelota diciendo que no me retendrían nada pero que el día que quiera vender el piso los problemas los tendré yo. Pues ahora no quiero verder el piso pero si dejarlo limpio de cargas.
La pregunta es.....como tendría que empezar a moverme para no tener que gastarme un duro y después esperar a que el banco me lo devuelva....si ir primero al banco....no se, voy un poco perdido y no quiero dar el primer paso y que lo haga erroneamente.
Gracías de antemano y perdonad por el tocho.
Un saludo.
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Pues decirte que lo tienes chungo, porque eso lo debió pagar el vendedor en su momento y es entonces es una carga anterior y además de las que dan la lata pues si la venta se realizó hace muchos años puede ser complicado localizar al vendedor para zanjar el asunto.
Por tanto intenta que el banco asuma este fallo, pero si no lo asume entonces te diría que lo hicieras cuando puedas porque entonces el problema te lo encontrarás tu.
Cuanto más tiempo pase peor
Un saludo
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Esta es la primera vez que participo en este magnífico foro y espero serte de ayuda, en la medida de lo posible.
Por lo que dices, entiendo que la condición resolutoria venció después de que tú compraras el piso. Es decir, que cuando lo compraste aún no había caducado y el piso respondía por esa deuda (normalmente con el promotor).
Hace un año dices que venció, por lo que ya no tiene sentido y es necesario quitarla. Si no hubiera hipoteca, no pasaría nada. La quitarías cuando vendieras el piso el día de mañana. Pero como el piso está hipotecado, el banco quiere que no haya ningún trámite u obstáculo que le impida el día de mañana hacerse con el piso en caso de impago.
Yo te recomiendo dos cosas: la condición resolutoria tendrás que levantarla tarde o temprano, porque te conviene. Pero gestiónala tú y hazlo todo tú, porque seguro que te saldrá más barato. Tienes que ir al notario y aportar los documentos que él te pida, que normalmente serán los justificantes de que el piso está pagado. Y después inscribirlo en el registro de la propiedad. El trámite es sencillo y si se lo dejas al banco, te clavarán.
Por otro lado te recomiendo que no dejes pasar mucho tiempo para levantar eso. A mí me pasó con una condición resolutoria de una garage que compré y que el notario nos pidió las letras originales en las que constara que habían sido pagadas. El vendedor de la plaza las guardaba y no hubo problema. Pero imagínate que no sea una persona cuidadosa...
Espero haberte servido de ayuda.
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