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Importante Quien puede pedir la retroactividad de todo lo cobrado de más?
A ver si los demás bancos hacen lo mismo
Gracias por traer la noticia o mejor dicho, el comunicado
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www.bankia.com/recursos/doc/corporativo/...trocesion-suelos.pdf
Esperemos que el resto de bancos sigan su ejemplo.
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Pepe escribió: No es que digan mucho, pero Bankia muestra aquí el procedimiento.
www.bankia.com/recursos/doc/corporativo/...trocesion-suelos.pdf
Esperemos que el resto de bancos sigan su ejemplo.
Esperemos que los demas bancos lo hagan tambien, pero no me gusta lo que dice la infografia que has
colgado en la que pone: "si procede" y resolución.... y denegación, que el cliente tiene que firmar... veremos
a ver si los primero clientes de bankia que les devuelven el dinero y nos cuentan si es tan facil como nos lo
hacen ver....
saludos.
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Te puede o no gustar, pero es lo que les permite el Real Decreto a las entidades bancarias. Son ellas las que deciden si tu reclamación es susceptible de devolución o no. Cito textualmente:
- Una vez que los clientes hagan uso de este mecanismo, el banco tiene
plena libertad para responder al cliente con lo que considere oportuno.
Puede ofrecerle una liquidación de los intereses indebidamente cobrados
incrementados con el interés legal del dinero o puede denegar su petición
alegando lo que considere oportuno. Por consiguiente el banco no esta
obligado a devolver el dinero.
A mi tampoco me gusta, pero si papa Estado quiere seguir protegiendo, en cierta medida, a los bancos, no nos queda otra.
Un saludo.
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- Pepe
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2. Recibida la reclamación, la entidad de crédito deberá efectuar un cálculo de la
cantidad a devolver y remitirle una comunicación al consumidor desglosando dicho cálculo;
en ese desglose la entidad de crédito deberá incluir necesariamente las cantidades que
correspondan en concepto de intereses. En el caso en que la entidad considere que la
devolución no es procedente, comunicará las razones en que se motiva su decisión, en
cuyo caso se dará por concluido el procedimiento extrajudicial.
Un saludo.
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- Pepe
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