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Pregunta Mi banco me obliga a poner el continente de mi seguro de hogar

11 años 8 meses antes #33650 por ORSIJAA
muchísimas gracias Monalisa por tu repuesta y por tu tiempo!

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11 años 8 meses antes #33651 por ivicamornar
Revisa lo que pone tu escritura. En la mia me pone que el valor que dice el tasador, y el tasador decia 73000 euros, que es algo mas de lo que le sale a monalisa por ejemplo como valor de reconstruccion, pero SUPONGO que no lo se, que si un tasador en su dia dijo que era 73000 es mas logico que un calculador sin ver nada de nada (aunque se que el tasador pondria casi lo que le dijera el del banco) y por ello seria legal. Miralo bien, pero puede ser que como los tasadores han puesto lo que les ha dicho el banquero, te la hayan colado, y es que le dijeran "ponle de valor de reposicion del inmueble en 240000 y de suelo ponle lo que te de la gana", asi un mal profesional puede joderte, porque rezaría que la reconstruccion de tu inmueble vale 240000 que esta por encima del valor real, y tendrias que ser tu, el que tuvieras que denunciar que no es asi, pagar una nueva tasacion, obligar al banco que la aceptaran, si no poner una demanda......

PD Revisa lo que pone exactamente en tu escritura al respecto.

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11 años 7 meses antes #36762 por ORSIJAA
Hola Monalisa,ivicamornar, en mi banco me dicen El importe del seguro de incendios debe corresponder al valor de tasación del inmueble a tal efecto. Entonces me obligan por 214.853,55
Adjunto pdf donde sale la tasación y se amparan.

Muchas
Gracias.

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11 años 7 meses antes #36810 por monalisa
Lamentandolo mucho vamos a tener que darle la razon al banco...pero solo en el seguro de incendio no en el multirriesgo..mira lo que he encontrado

El seguro de incendios, único legalmente obligatorio
Lo primero que debe quedar claro es qué seguro de la hipoteca es realmente obligatorio. Atendiendo a lo que dice la legislación vigente en este tema, concretamente, la Ley de Regulación del Mercado Hipotecario y el Real Decreto 685/1982 que desarrolla dicha normativa, se exige tener al menos un seguro de incendios que cubra el valor de reconstrucción de la vivienda (esto es, el valor que se indica en tasación, cifra que excluye el valor del suelo).

Peeeroooooo, siempre hay un pero sigue la cosa asi:
Dicho seguro debe tener como beneficiario (como ente receptor del capital asegurado) la entidad financiera que concede el préstamo. Huelga decir que no existe la obligación legal de realizarlo con la aseguradora que nos imponga el banco. Por tanto, este tipo de seguro de hogar es el único que estamos obligados por imperativo legal a suscribir.

Por lo tanto , tu puedes hacelo con quien quieras, y un seguro de incendios solamente, es un producto barato de contratar..
Mira a ver el precio que te dan ...
Saludos

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11 años 7 meses antes #36812 por ORSIJAA
Hola Monalisa:

y ésto que digiste anteriormente?


Mira que son cabezones, torpes e ineptos los de los bancos y sobre todo a la hora de hacer un seguro....como no tienen ni idea..se acojen a lo que a ellos mas le conviene.
aqui te pongo una ley (esta si es de verdad) que deja bien clarito lo que tiene que poner en el valor de continente...A ver si el inutil del banco que no tendra ni la EGB, bueno ahora PRIMARIA es capaz de entender

.

Esta claro..a la hora de la tasacion, incluyen el suelo , o sea el precio del metro cuadrado , pero si hubiera que reponer o reconstruir la vivienda por un siniestro(incendio)...el suelo no entra...
JOOOOOO QUE NO ES TAN DIFICIL de entender.
.


La tasación que ponen es de toda la vivienda incluído el suelo pero el seguro obliga a contratar el valor de reposición. Entonces tal yu como tú decías no me pueden obligar a poner el precio de vivienda+suelo ¿no?

Muchas gracias Monalisa

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11 años 7 meses antes #36815 por monalisa
A ver vayamos por partes....el UNICO SEGURO QUE TE PUEDEN OBLIGAR POR LEY hacer (y no tiene que ser con ellos) es el de incendios y ahi si tienes que poner el valor de tasacion.

Pero el de multirriesgos NO ES OBLIGATORIO, ese lo haces tu porque te da la gana...(bueno por proteger tu hogar) y ahi se pone el capital que viene marcado en el ordenador, al poner las caracteristicas de la vivienda a asegurar..

Es lo mismo que el de vida, no es obligatorio, tu puedes poner la cantidad que quieras, el importe de la hipoteca...parte de el o incluso mas , por si a ti te sucediera algo , dejar a tu familia bien cubierta.

Me entiendes lo que te quiero decir?

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