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Pregunta EXPLICACIÓN DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA NULIDAD DE LAS CLAUSULAS SUELO
Tengo entendido, pero no estoy seguro, que si un contrato se declara nulo, se vuelve al estado anterior al contrato, es decir, ¿yo tendría que pedir otra hipoteca para cubrir la primera?
- Ipanies
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Esto será así??
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Ipanies escribió: ¿Puede el banco en algún caso anular el contrato por realizar una reclamación sobre una clausula abusiva?
Tengo entendido, pero no estoy seguro, que si un contrato se declara nulo, se vuelve al estado anterior al contrato, es decir, ¿yo tendría que pedir otra hipoteca para cubrir la primera?
Artículo 83. Nulidad de las cláusulas abusivas e integración del contrato.
1. Las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas.
2. La parte del contrato afectada por la nulidad se integrará con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1258 del Código Civil y al principio de buena fe objetiva.
A estos efectos, el Juez que declare la nulidad de dichas cláusulas integrará el contrato y dispondrá de facultades moderadoras respecto de los derechos y obligaciones de las partes, cuando subsista el contrato, y de las consecuencias de su ineficacia en caso de perjuicio apreciable para el consumidor y usuario.
Sólo cuando las cláusulas subsistentes determinen una situación no equitativa en la posición de las partes que no pueda ser subsanada podrá el Juez declarar la ineficacia del contrato.
Declarar nulo un contrato sólo puede hacerlo un juez, y siempre que no se puede integrar de acuerdo al artículo 1258 del código civil, o sea. que una cláusula sea abusiva y se declare nula no invalida automáticamente un contrato.
S2
- jim1976
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No me entregaron OV pero el BDE no me dio la razón
- marble
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tendremos q esperar a ver la sentencia a ver qué dice y cómo lo dice
por ahora lo único que conocemos es la nota de prensa, que dice lo siguiente:
TRIBUNAL SUPREMO
Oficina de Comunicación
NOTA DE PRENSA
EL PLENO DE LA SALA PRIMERA DEL TRIBUNAL
SUPREMO HA RESUELTO UN RECURSO SOBRE LAS
DENOMINADAS CLAÚSULAS SUELO
La Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en pleno,
ha estimado parcialmente un recurso de casación (485/2012)
en el que se planteaba un asunto sobre las denominadas
“claúsulas suelo”, con arreglo a los siguientes puntos:
1. º Se declara la nulidad de las cláusulas suelo en los casos
de falta de transparencia, como acontece en los tres supuestos
examinados en el asunto que resuelve.
2. º Se declara que este pronunciamiento no comporta
devolución de las cantidades ya satisfechas.
3. º Se razona que este pronunciamiento no significa la nulidad
de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los
requisitos de transparencia respecto de los consumidores.
No se han anunciado votos particulares al fallo.
Una vez esté redactada por el magistrado ponente, la
sentencia se notificará a las partes.
Madrid, 20 de marzo de 2013.
en principio parece que el recurso de casación, en lo que concierne a BBVA, Cajamar y Caixa Novagalicia ha prosperado (punto 1)
de recuperar lo pagado de más dice que nanai, asi que a negociar o pelear en los tribunales (punto 2)
y del punto 3 mejor no decir nada, que HsP son¡¡
- grabimainez
- [grabimainez]
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